REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 22 de febrero de 2024
212º y 164º


SOLICITANTE:
ABOGADO ASISTENTE: SOCIEDAD DE COMERCIO DISTRIBUIDORA ATLANTY, C.A.
JULIO ESTEBAN HUNG DELGADO.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SOLICITUD N°: 9673.-

Evacuados como han sido los testigos promovidos en la presente solicitud y conforme al pedimento efectuado por La Sociedad de Comercio DISTRIBUIDORA ATLANTY, CA., debidamente inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de Diciembre del año 1.975, quedando anotado bajo el N° 5, Tomo 16-C y modificada por Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionista, celebrado en la fecha 20 de Septiembre del año 2.018, registrado ante la misma oficina de Registro, en fecha 04 de Diciembre del año 2.018, bajo el N° 62, Tomo 228-A., representada por el ciudadano BENIGNO BLANCO INCONGNITO, en su carácter de Presidente de la Sociedad de Comercio antes identificada, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-6.188.797, asistido por el abogado en ejercicio JULIO ESTEBAN HUNG DELGADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 22.390, donde solicitan le sea decretado TITULO SUPLETORIO, de propiedad sobre las bienhechurías construida sobre una parcela de terreno perteneciente a la SOCIEDAD DE COMERCIO DISTRIBUIDORA ATLANTY, CA, ubicada en la AV. 93-B Los Alpes (calle Privada) en jurisdicción de lo ante Municipio Candelaria, Distrito Valencia del Estado Carabobo, hoy en día Parroquia Candelaria del Municipio Valencia del Estado Carabobo, la cual se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: En una línea recta de veinte metros (20 MTS) que lindera con la calle 93-A, Los Alpes que es su frente, partiendo en sentido Oeste a Este de PO1 E-606.600,09 y No-1.123.697,08 y finaliza al PO1. Continuando con el Punto PO2 con coordenadas UTM; ESTE: En treinta metros (30Mts) lindera con terrenos de propiedad de Sixto Muñoz desde el PO2 E-606.615.51 y N-1.123.709,81 y finaliza el PO2. Continuando con el PO3 con coordenadas UTM; SUR: En dos líneas de diez metros (10Mts) cada una, en sentido ESTE a OESTE, la primera línea en diez metros (10Mts) lindera con terrenos de propiedad de Ezequiel López Lozada, desde el PO3 E-606.634.61 Y N.1-123.686,68 culminando por el punto PO3 y la segunda línea de Diez Metros (10Mts), lindera con terrenos de propiedad José Joaquín García, desde el punto PO4 E-606.619.19 y N-.1-123,673,95 culminando en el punto PO4, continuando con el PO, con coordenadas UTM; y OESTE: En treinta metros (30Mts) línea recta con terreno de Pascuales Cervella Lisa, desde el punto PO1 E-606.600,09 y N-1-123.697,08 finalizada el punto PO1. TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil resuelve declarar suficientes las probanzas evacuadas, a los fines de asegurarle a la los solicitantes el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, dejando a salvo los derechos de terceros, se acuerda devolver los originales que conforman estas actuaciones a la parte interesada. Devuélvanse las resultas a los solicitantes. Désele salida en el libro respectivo.-
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. JESUANI SANTANDER
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. ADRIANA CALDERÓN
En la misma fecha se le dio salida.-

LA SECRETARIA TITULAR


ABG. ADRIANA CALDERÓN
Sol. N° 9673.-
JS/AC/RA.-