este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: Extinguida la Instancia por haber operado la PERENCIÓN contemplada en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la presente pretensión por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana MILAGROS ROSALIA ZAPATA RÍOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.551.850, asistida por el abogado WILLY ZABALA REQUENA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.516, contra las ciudadanas GREIDYS MARIELI LIRA URBANO y MILAGROS ALEJANDRA LIRA ZAPATA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 412.107.637 y V- 15.362.757.