REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADOCARABOBO.
Valencia, 08 de agosto de 2024
214° y 165°
SOLICITUD N° 10942-2024
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE(S): Ciudadana DEXSY EVELIN DIAZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.526.077, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: JHONDER ALBERTO TRIANA CESPEDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.319.997.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DEXSY EVELIN DIAZ TORRES debidamente asistida por el abogado JHONDER ALBERTO TRIANA CESPEDES, ut supra identificados; junto a las documentales presentadas que corren insertas en autos, así como las declaraciones juradas de las ciudadanas: MORILLO DE HALABI MARIA YSABEL y MACIAS ALVARADO YAMILEIDI YULIMAR, titulares de las cédulas de identidad N°(s). V-6.668.879 y V-19.770.023, respectivamente; este Tribunal, como se pide y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD sobre unas bienhechurías a favor de la ciudadana DEXSY EVELIN DIAZ TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.526.077, de este domicilio, enclaustradas en un terreno ejido, ubicado en Campo de Carabobo, sector Sucre, calle San José, Jurisdicción de la Parroquia Independencia, Municipio Libertador, Estado Carabobo, que mide un total de CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (173,00 M2), con un área de construcción total de CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (148,00M2) y Local de VEINTICINCO METROS CUADRADOS (25,00 M2 ) tal y como se detalla en el escrito de la solicitud, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE; En ocho metros con (8.00 mts) con calle San José que es su frente. ESTE: En trece metros (13.00 mts), con bienhechurías de María Morillo. SUR: En ocho metros (8.00 mts) con bienhechurías de la señora Irma Torres Y OESTE: En trece metros (13.00 mts) con bienhechurías de Freddy Aponte. Siendo estimada dichas en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00), moneda vigente para la fecha de interposición de la solicitud.Devuélvase originales de las actuaciones previa expedición de las copias solicitadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Valencia, 08 de agosto de 2024.-
LA JUEZA PROVISORIA.


ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.


ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. -



LA SECRETARIA SUPLENTE.










YCR/SPC/DAGR. -