REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADOCARABOBO.
Valencia, 30 de abril de 2024
213° y 165°
SOLICITUD N° 10899-2024
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
SOLICITANTE(S): Ciudadano JOSÉ DE JESÚS ORTEGA FORERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.770.053, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: GUILLERMO ELIAS ESTRADA PINTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.70.030.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSÉ DE JESÚS ORTEGA FORERO debidamente asistido por el abogado GUILLERMO ELIAS ESTRADA PINTO, ut supra identificados; junto a las documentales presentadas que corren insertas en autos, así como las declaraciones juradas de los ciudadanos: CAROLIN ALEXANDRA DOLIA PINTO Y LUIS FERNANDO DOGLIA, titulares de las cédulas de identidad N°(s). V-15.898.643 y V-3.572.574, respectivamente; este Tribunal, como se pide y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD sobre unas bienhechurías a favor del ciudadano JOSÉ DE JESÚS ORTEGA FORERO , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.770.053, de este domicilio, enclaustradas en un terreno propio, ubicado en Barrio Monumental I, Av. 107 (Murachi), Nro. Cívico 57-12, Jurisdicción de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia, Estado Carabobo, que mide un total de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECÍMETROS (113,76 M2), con un área de construcción total de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS DECÍMETROS (113,76M2) tal y como se detalla en el escrito de la solicitud, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE; Del punto A al punto B, en una distancia de 9,80 Mts. Con familia Forero. ESTE: Del punto B al punto C, en una distancia de 12,00 Mts. Con familia Forero. SUR: Del pinto C al punto D, en una distancia 5,80 Mts. Con calle Manaure Y OESTE: Del punto D al punto E, en una distancia 4,40 Mts. Con Av 107 (Murachi) S/F, Siendo estimada dichas bienhechurías en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00), moneda vigente para la fecha de interposición de la solicitud. Devuélvase originales de todas las actuaciones que conforman esta solicitud.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Valencia, 30 de abril de 2024.-
LA JUEZA PROVISORIA.
ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA SUPLENTE.
ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. -
LA SECRETARIA SUPLENTE.
YCR/SPC/DAGR. -