REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 25 de Abril de 2024
214° y 165°

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARITZA ESPERANZA AGUILAR GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.316, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana AURA JOSEFINA BARRIOS DE VILLADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.580.000; ahora bien, con respecto a la admisión de la misma el Tribunal observa:
La presente solicitud por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO fue presentada para su distribución en fecha 20 de Abril de 2023, por ante el Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, sometida a distribución correspondió conocer de la causa a este Tribunal, quien en fecha 24 de abril de 2023, le da entrada bajo el Número 11934-2023. (Folios 01 al 09).
En fecha 27 de abril de 2023, se dictó auto de despacho saneador en el cual insta al solicitante que debe consignar copia certificada del acta de nacimiento, igualmente fotocopia de la cédula de identidad de la solicitante: sin embargo desde el 27 de abril de 2023, al día de hoy 25 de abril de 2024, han transcurrido más de 11 meses, sin que la parte interesada haya subsanado lo solicitado, por lo que, en virtud de las consideraciones antes expuestas este JUZGADO CUARTO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; NIEGA LA ADMISIÓN DE LA SOLICITUD, presentada por la referida ciudadana.
LA JUEZA PROVISORIA.

ABG. YELITZA CARRERO RAMIREZ.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.

ABG. SILVIA PATRICIA CURVELO.
Sol. N° 11934-2023.
YCR/SPC/José.