REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia 04 de Abril de 2024
213º y 164º

ACTUANDO EN SEDE: CIVIL
SOLICITUD N°: 9701
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS.
SOLICITANTE(S): MELYBEL SICILIANO TORO, asistida del abogado MARIA SALAS
adscrita al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la
Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia.-

En relación a la solicitud de fecha 20 de marzo de 2024, recibida en la jornada del Programa Tribunal Móvil realizada por la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia suscrita por la abogado MARIA SALAS, debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 161.084 adscrita a dicho programa, asistiendo a la ciudadana MELYBEL SICILIANO TORO titular de la cedula de identidad Nº V.- 11.345.311, donde solicita en su condición de heredera sobreviviente, le sea declarada, como “ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA” del De Cujus: STEFANO SICILIANO COVELLI titular de la cedula de identidad N° V.- 7.095.486, quien falleció ab-intestato, el día TRES (03) de JUNIO de 2004. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal, promovidas por la mencionada ciudadana MELYBEL SICILIANO TORO, actuando en su propio nombre, plenamente identificada, y dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana: MELYBEL SSICILIANO TORO plenamente identificada, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus: STEFANO SICILIANO COVELLI quien era mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.345.311, quien falleció ab-intestato, el día TRES (03) de JUNIO de 2004, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 181; Tomo I; año 2004 emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas al solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los cuatro (04) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213° de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. JESUANI SANTANDER

LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA CALDERON

JSL/Sb.
Sol. N° 9701