REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

SOLICITANTE. RAÚL OSVALDO CASTILLO ROJAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-3.490.903 asistida por el AbogadoHÉCTOR ENERIO AGUILAR VARGAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N°230.613.
MOTIVO:TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE: 10.347.

Vista la solicitud presentada ante el Tribunal distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, por ciudadano RAÚL OSVALDO CASTILLO ROJAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.490.903 asistido por el Abogado HÉCTOR ENERIO AGUILAR VARGAS inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 230.613en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre unas Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno de su propiedad ubicado en el Barrio Miguel Ache, Avenida Aranzazu, N° 15-A, de la Manzana N° 14 Jurisdicción de la Parroquia Miguel Peña Municipio Valencia estado Carabobo, debidamente alinderado como se especifica en el escrito de solicitud, y que ha venido poseyendo de forma continua, pacifica, publica, ininterrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, ciudadanos: ALEJANDRO JOSÉ VILLASMIL PERDOMO y ORLANDO ANTONIO CABRERA BLANCA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-12.038.023 y V-5.007.956 y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a Terceros, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor del ciudadano RAÚL OSVALDO CASTILLO ROJASya identificada. Hágasele entrega de su original con las resultas a la solicitante. Valencia a los dos (02) días del mes de octubre de 2023. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación. Es todo. Termino se leyó y conformes firman:
LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. YNÉS BRAZÓN GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,

Abog. ADRIANA MENDEZ


En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de diecisiete(17) folios útiles.
LA SECRETARIA
Abog. ADRIANA MENDEZ

Exp. 10.347.