REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDADE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


SOLICITANTE: JOSE LUIS SANCHEZ BETANCOURT.

MOTIVO: INSPECCION JUDICIAL.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE: 042/23.
I
NARRATIVA

En fecha Veintiuno (21) de Septiembre del 2023 inserto (f.10), se recibió solicitud de INSPECCION JUDICIAL, incoada por el Ciudadano: JOSE LUIS SANCHEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°. V-6.881.689, asistido por la abogada en ejercicio: GLENDA LUCENA inscrita en el IPSA bajo el Nº 210.373, correo electrónico: glenda1971@gmail.com, teléfono de contacto: 0412-0422705. Proveniente del TRIBUNAL CUARTO (DISTRIBUIDOR) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, previa distribución de conformidad con el artículo 8 de la Resolución N° 2014-0009 de fecha 12/03/2014, de la revisión efectuada a las actuaciones que conforman la presente solicitud de Inspección Judicial, que reposa en los archivos de este Tribunal, aprecia el Tribunal que la parte actora desde la fecha Veintiocho (28) de Septiembre del 2023, no ha realizado actuación alguna, notándose el abandono del trámite; por lo que forzosamente este Tribunal debe declarar el cierre del expediente. Y así se declara.
En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS BEJUMA MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara:
PRIMERO: PERDIDA DE INTERES PROCESAL en la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL interpuesta por el Ciudadano: JOSE LUIS SANCHEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°. V-6.881.689, asistido por la abogada en ejercicio GLENDA LUCENA inscrita en el IPSA bajo el Nº 210.373, correo electrónico: glenda1971@gmail.com, teléfono de contacto: 0412-0422705.
SEGUNDO: El cierre del expediente y la remisión en su oportunidad al archivo judicial del estado Carabobo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del caso.
Publíquese, regístrese y déjese copia digitalizada debidamente certificada por Secretaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los Veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veintitrés (2.023). Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-.
La Jueza,
ABG. MABEL DEL CARMEN OJEDA BETANCOURT.

El Secretario Accidental,
ABG. RONALD ESTEBAN ORTEGA SILVA.