REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Montalbán, 29 de Noviembre de 2023
Años: 213° y 164°
SOLICITANTE: ORCEL DENEDUAR RIVERO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.994.861, debidamente asistido por el Abogado JOSE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.243.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE N°: 49-23.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ORCEL DENEDUAR RIVERO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.994.861, debidamente asistido por el Abogado JOSE SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 201.243, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, la cual se encuentra fomentada sobre un terreno ejido, ubicado en la Calle Juncal entre Avenida Plaza y Córdova, Sector Centro del Municipio Miranda del Estado Carabobo, el cual ha venido poseyendo en forma continuo, pacifica, publica, ni interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de las testigos presentadas por el solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a Terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor del ciudadano ORCEL DENEDUAR RIVERO ESCALONA. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas a la parte interesada.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. OSCAR JESUS NAVAS NAVAS.
EL SECRETARIO
Abg. HUGO ALEXANDER ARRIECHE
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de trece (13) folios útiles.
EL SECRETARIO
Abg. HUGO ALEXANDER ARRIECHE.
Sol. 49-23
OJNN/Ha/aap.-
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