REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Montalbán, 08 de Mayo del año 2023
Años: 213° y 164°

SOLICITANTES: ROCIO DE LA PAZ LARA BRICEÑO, ROBERTO ANTONIO LARA BRICEÑO, ELEONORA ISABEL LARA DE MACHADO y MARIA AVELINA LARA DE MONTEVERDE, asistidos por el Abogado GEOMAR MANUEL RANGEL LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 231.677.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA.
EXPEDIENTE Nro. 14-23

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por ante el Tribunal Tercero (Distribuidor) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 21-04-2023, por los ciudadanos: ROCIO DE LA PAZ LARA BRICEÑO, ROBERTO ANTONIO LARA BRICEÑO, ELEONORA ISABEL LARA DE MACHADO y MARIA AVELINA LARA DE MONTEVERDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-14.411.562. V- 13.735.741, V- 15.439.288 y V-24.888.063, respectivamente, asistidos por el Abogado GEOMAR MANUEL RANGEL LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 231.677; y de este domicilio, en su condición de hijos, de los De Cujus MIGUEL ARCANGEL LARA PERTUZ y MARIA DEL ROSARIO BRICEÑO DE LARA, titulares de las cedulas de identidad Nros V-13.691.206 y V-24.710.406, respectivamente, quienes fallecieron ab-intestato, los días veintinueve (29) de Mayo de 2013 y el veintisiete (27) de Octubre de 2022, correspondiéndole conocer a este Tribunal de la presente causa, según sorteo de Distribución realizado en fecha 24-04-2023, el cual se le dio entrada en esa misma fecha, quedando anotado bajo el N° 14-23.
En fecha 26 de Abril de 2023, fue admitida cuanto ha lugar en derecho y se fijó el tercer (3er) día de despacho, para que la parte interesada presentara a los testigos que promovería en la presente solicitud.
En fecha 03-05-2023 se evacuaron las declaraciones de los testigos ciudadanos, ANGEL JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ y ANA PASTORA SANCHEZ DE HERNANDEZ, titulares de las cedulas de identidad N° V-7.009.845 y V-4.483.698, respectivamente.
Una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la presente solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por los mencionados solicitantes, dejando a salvo los derechos de terceros. Conforme a lo tenor del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en efecto, Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos ROCIO DE LA PAZ LARA BRICEÑO, ROBERTO ANTONIO LARA BRICEÑO, ELEONORA ISABEL LARA DE MACHADO y MARIA AVELINA LARA DE MONTEVERDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-14.411.562. V- 13.735.741, V- 15.439.288 y V-24.888.063, respectivamente, de este domicilio, en su condición de hijos, de los De Cujus MIGUEL ARCANGEL LARA PERTUZ y MARIA DEL ROSARIO BRICEÑO DE LARA, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Montalbán a los ocho (08) días del Mes de Mayo de 2023. Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOG. OSCAR JESUS NAVAS NAVAS
EL SECRETARIO

Abog HUGO ALEXANDER ARRIECHE
En la misma fecha siendo las 01:45 de la tarde, se publicó, se registro, se dejo copia de la anterior decisión y se devolvió a la parte interesada constante de (26) folios útiles.
EL SECRETARIO

Abog HUGO ALEXANDER ARRIECHE
Sol. 14-23¬¬¬.
OJNN/HA/aap.-.