REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de marzo de 2023
212º y 164º
SOLICITANTE(S): LEGNA JENETTE GONZALEZ ZAVARCE, actuando en su carácter de representante y heredera de la Sucesión MARITZA DEL PILAR ZAVARCE MARTINEZ, integrada por los ciudadanos ALEXANDER EDUARDO QUIJADA ZAVARCE, FREDDY ERNESTO QUIJADA ZAVARCE y RICARDO JOSE QUIJADA ZAVARCE.
ABOGADA ASISTENTE: MIRTA J. NAVAS ROJAS
MOTIVO: PERPETUA MEMORIA
SOLICITUD N°: 14.179
Vista la anterior solicitud de Perpetua Memoria, formulada por la ciudadana LEGNA JENETTE GONZALEZ ZAVARCE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.136.544, número de teléfono: 0414-4333510, correo electrónico: gonzalezlegna@gmail.com, de este domicilio, actuando en su carácter de representante y heredera de la Sucesión MARITZA DEL PILAR ZAVARCE MARTINEZ, integrada por los ciudadanos ALEXANDER EDUARDO QUIJADA ZAVARCE, FREDDY ERNESTO QUIJADA ZAVARCE y RICARDO JOSE QUIJADA ZAVARCE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.979.757, V-13.736.678 y V-13.736.677, respectivamente, todos de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, debidamente asistida por la abogada MIRTA J. NAVAS ROJAS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 94.806, número de teléfono: 0414-4288448, correo electrónico: mirtanavas2gmail.com, donde solicita se le declaren su condición de Únicos y Universales Herederos de la de Cujus MARITZA DEL PILAR ZAVARCE MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-2.563.055, quien falleció el día 16 de noviembre del año 2021. Vistas las declaraciones contestes de los testigos presentados por ante este Juzgado; ciudadanos MARIA GABRIELA MORENO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.754.810 y RODOLFO JOSÉ BRICEÑO RAGA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.721.279, ambos de este domicilio, estudiado el caso planteado, este Tribunal RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos LEGNA JENETTE GONZALEZ ZAVARCE, ALEXANDER EDUARDO QUIJADA ZAVARCE, FREDDY ERNESTO QUIJADA ZAVARCE y RICARDO JOSE QUIJADA ZAVARCE , antes identificados, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus: MARITZA DEL PILAR ZAVARCE MARTINEZ, antes identificada, con vocación y Derechos sobre el acervo hereditario, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Asimismo se ordena expedir por Secretaria las copias fotostáticas certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse originales con sus resultas a la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 001-2022, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 16 de junio de 2022, se ordena la publicación de la presente Decisión, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia: www.tsj.gob.ve.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los treinta (30) días del mes de marzo del Año Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 212° de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. ROSA VIRGINIA ANGULO AGUILAR
LA SECRETARIA,
ABG. DAYERLING MENDEZ
Se devuelve constante de dieciocho (18) folios.
LA SECRETARIA,
ABG. DAYERLING MENDEZ
Exp. N° 14.179
RVAA/bc
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