REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 05 de Junio de 2023
Años: 213° y 164°

Expediente Nro. 16.801

En fecha diecinueve (19) de Julio de 2022, comparece ante este Juzgado Superior el ciudadano FREDDY ANTONIO HERNANDEZ BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 8.668.919, debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio JUAN FRANCISCO NUÑEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.709, quienes interpusieron una Querella Funcionarial contra el Acto Administrativo N° CDEC/051/2022 de fecha 19 de mayo de 2022 dictada por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO, DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DISCIPLINARIA DE LOS CUERPOS DE POLICIA (VISIPOL), adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, DESPACHO DEL VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA.
En fecha veintiuno (21) de julio de 2022, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha veintisiete (27) de julio de 2022, este Juzgado Superior dicto auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordena notificar al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA; y notificar al DIRECTOR GENERAL DEL CUERPO DE LA POLICIA DEL ESTADO CARABOBO; GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO y al PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO; así como al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ y VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA, bajo oficios Nros. 0478, 0479, 0480, 0481, 0482, y 0483
En fecha seis (06) de marzo de 2023, comparece ante este Juzgado Superior el ciudadano FREDDY ANTONIO HERNANDEZ BRITO, ya identificado en autos, y mediante diligencia solicita le sea designado un Defensor Publico a los fines de dar oportunidad al presente proceso.
En fecha diez (10) de Abril de 2023, mediante auto este Juzgado Superior acuerda lo solicitado por la parte querellante en fecha 06 de marzo de 2023, en consecuencia revoca la defensa privada y oficia a la COORDINACION REGIONAL DE LA DEFENSA PUBLICA DEL ESTADO CARABOBO, a los fines de que se le sea designado un DEFENSOR o DEFENSORA PUBLICA EN MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.
En fecha veinte (20) de Abril de 2023, Compareció el ciudadano YHONNANTY CARMONA, en su condición de Alguacil Accidental de este Tribunal y consigno resulta de la notificación realizada a los ciudadanos DIRECTOR GENERAL (E) DEL CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO CARABOBO, PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO, GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO, PROCURADOR DEL ESTADO CARABOBO, asimismo en misma fecha consigna resulta de la notificación realizada a los ciudadanos MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ y al VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA.
Ahora bien, por lo up supra narrado, y en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido, como se encuentra el lapso para la contestación, procede este Juzgado Superior a fijar el acto de Audiencia Preliminar, para el quinto (5º) día de despacho, a las 11:00 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso de quince días de despacho para la contestación, haya tenido o no lugar la misma, el tribunal fijara en uno de los cinco días de despacho siguientes, la hora para que tenga lugar la audiencia preliminar”, Entendiéndose que la emisión del presente auto se realiza en el primer (1º) día de despacho al que hace mención nuestro legislador.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO.
LA SECRETARIA,

ABG. DAYANA PÉREZ.
PEVP/DP/Vm