En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y TERMINADO EL PRESENTE JUICIO DE EJECUCIÓN DE HIPOTECA, interpuesto por la parte demandante ASUNDINA NATALIA OSTROWSKI DE GREGORINI, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.866.630. respectivamente, representada por el apoderado judicial EDGAR OVIOL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 94.945 en contra JOEL MARCOLINA LEÓN DE CISNERO y JOSÉ RAFAEL CISNEROS PINTO (+), venezolanos, mayores de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.210.470 y V-4.457.650, respectivamente. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil y líbrense boletas de notificación a las partes.
Publíquese en el expediente físico el extenso del fallo. Regístrese en los libros respectivos y déjese copia íntegra digitalizada. CÚMPLASE LO ORDENADO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los cinco (05) días del mes de junio del año dos mil veintitrés (2023). Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. FLOR MARTÍNEZ PEREZ,
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ANTONELLA VALLILLO LÓPEZ
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo al anuncio de ley, siendo las 09:00 a.m.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,
ANTONELLA VALLILLO LÓPEZ
Exp. Nº D-0739.
FYMP/AVL.-