REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 20 de junio de 2023
213º y 164º
SOLICITANTE (S): GLADYS MARIA CASTRO
ABOGADAS ASISTENTES: MARBELLA C. RIVERO SANCHEZ y WILYURI V. RIVERO LEAL
MOTIVO: PERPETUA MEMORIA
SOLICITUD N°: 14.198
Vista la anterior solicitud de Perpetua Memoria formulada por la ciudadana GLADYS MARIA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.113.765, de este domicilio, asistida por las abogadas MARBELLA C. RIVERO SANCHEZ y WILYURI V. RIVERO LEAL, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 188.370 y 313.297, en su orden, donde solicita se le declare su condición de Única y Universal heredera del de Cujus DOMINGO ESTEBAN CASTILLO OVALLES, quien en vida tenia nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.752.877, el cual falleció el día 11 de enero de 2022. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos presentados por ante este Juzgado, ciudadanas CARMEN AMERICA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-7.066.105, y ZAIDA MERCEDES MARQUEZ MONTES DE OCA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.590.529, ambas de este domicilio, estudiado el caso planteado, este Tribunal RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a la ciudadana: GLADYS MARIA CASTRO, antes identificada, la cualidad de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de Cujus DOMINGO ESTEBAN CASTILLO OVALLES, antes identificado, con vocación y Derecho sobre el acervo hereditario, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Publíquese, regístrese y de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 001-2022, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 16 de junio de 2022, se ordena la publicación de la presente Decisión, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia: www.tsj.gob.ve.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia a los veinte (20) días del mes de junio del Año Dos Mil Veintitrés (2023). Años: 213° de la Independencia y 164º de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ROSA VIRGINIA ANGULO AGUILAR
LA SECRETARIA,
ABG. DAYERLING MENDEZ
Se devuelve constante de diecinueve (19) folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. DAYERLING MENDEZ
Exp. 14.198
RVAA/df.
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