REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 13 de febrero de 2023
Años: 212° y 163°

Expediente Nro. 16.748

En fecha catorce de Octubre de 2021, compareció ante este Juzgado Superior, el ciudadano FRANKLIN JOSE RIERO AGUILAR, cedula de identidad Nº V- 13.235.885 debidamente asistido por el abogado DIEGO J. PEREZ SEQUERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 301.768, quien interpuso una Querella Funcionarial contra el Acto Administrativo Nº CDEC-048/2021 de fecha 20 de agosto de 2021 emitido por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha catorce (14) de octubre de 2021, se le dio entrada y se anotó en los libros respectivos.
En fecha veintisiete de Octubre de 2021, este Juzgado Superior dicto auto mediante el cual admitió la Querella Funcionarial y ordena notificar al SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VALENCIA, ESTADO CARABOBO; ALCALDE DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO; DIRECTOR GENERAL (E) DEL CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO CARABOBO; PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO; MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ; y VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA bajo oficios Nros. 0429, 0430, 0431, 0432, 0433, 0434 y 0435
En fecha veinticuatro (24) de Octubre de 2022, compareció el ciudadano CARLOS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de este Tribunal y consigno resultas de las notificaciones realizadas al SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VALENCIA, ESTADO CARABOBO; ALCALDE DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO; DIRECTOR GENERAL (E) DEL CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO CARABOBO; PRESIDENTE DEL CONSEJO DISCIPLINARIO DEL ESTADO CARABOBO.
En fecha treinta y uno (31) de octubre de 2022, compareció el ciudadano YHONNANTTY CARMONA, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior y consigno las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos VICEMINISTRO DEL SISTEMA INTEGRADO DE POLICIA y MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ.
En fecha veintinueve (29) de noviembre de 2022, ante este Juzgado Superior compareció la ciudadana YAILYN A. VELIZ P. inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 208.743, en su condición de representante legal del Instituto autónomo Municipal de la policía de Valencia consignaron escrito de contestación a la demanda.
En fecha treinta (30) de noviembre de 2022, mediante auto este Tribunal fijo para el séptimo (7º) día de despacho siguiente a las 11:30am para que tuviera lugar la audiencia preliminar.
En fecha trece (13) de diciembre de 2022, se dio oportunidad para la realización de la audiencia preliminar y se dio apertura al lapso probatorio.
En fecha once (11) de enero de 2023, comparecieron los abogados YAILYN A. VELIZ P y EMELY YARITZA PARRA MONTOYA inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 208.743 y 210.207, en su condición de apoderados judiciales de la parte querellada, consignando escrito de promoción de pruebas.
En fecha veintitrés (23) de enero de 2023, mediante auto este Juzgador admite las pruebas promovidas por la parte querellada.

Ahora bien, por lo up supra narrado, y en aras de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la igualdad entre las partes, vencido, como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, procede este Juzgado Superior a fijar el acto de Audiencia Definitiva, para el quinto (5º) día de despacho, a las 10:00 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: “vencido el lapso probatorio, el juez o jueza fijara uno de los cinco días de despacho siguientes para que tenga lugar la audiencia definitiva (…omissis…)”, Entendiéndose que la emisión del presente auto se realiza en el primer (1º) día de despacho al que hace mención nuestro legislador.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO.
LA SECRETARIA,

ABG. DAYANA PÉREZ.
PEVP/DAPP/dapp