REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Guacara, 15 de Febrero del 2023.-

212º y 163º

Por cuanto observa este Tribunal que en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la ciudadana: OMEUBRY JOLEXIS MAYORGA DE CORONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.104.176, asistida por la abogada ROSSANA MILAGROS PAEZ OCHOA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 218.679, contra la ciudadana: DELENIXA GONZALEZ SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.557.215, como no se ha realizado ninguna actuación por la parte demandante de autos desde el día jueves (13/11/2015) donde se realizó una notificación, hasta el día de hoy 15/02/2023), ha transcurrido más de UN AÑO sin que la parte accionante efectuara ningún acto de procedimiento, es tiempo suficientemente útil para que esta Juzgadora, declare la perención de la instancia en el caso que nos ocupa, a tenor de lo dispuesto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.-
En vista de las anteriores consideraciones, es por lo que este Juzgado Primero de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA EN EL JUICIO. Publíquese y déjese copia certificada. Se ordena el ARCHIVO del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIO

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Abg. YASMILA DEL C. FARIAS

LA SECRETARIA TITULAR

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Abg. MIRLENE MENDOZA

En la misma fecha se dictó y publicó decisión y se dejó Copia Certificada. Se archivó constante de ________________________________ ( )

Scta.-

Exp. No. 3433.-
YF/MM/FS*.-