REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
Valencia, 14 de diciembre de 2023
Años: 213° y 164°
Expediente Nº 14.037

Vista la diligencia presentada en fecha 15 de noviembre de 2023, por el abogado JOAB BAPTISTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.331, actuando en su carácter de representante del Estado Carabobo, parte demandante, mediante el cual solicitó:

“(…omissis…) en nombre de mi representado solicito a éste digno Tribunal ordene sea actualizado el Cartel de Citación librado por este juzgado en fecha 19 de junio de 2017 dirigidos a Notificar a la Sociedad de Comercio Inversiones Hero, C.A., para ser publicado en el diario “Ultimas Noticias” (…)”

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha 20 de junio de 2011, se dictó auto mediante el cual se admitió la demanda de contenido patrimonial conjuntamente con medida cautelar, interpuesta por la abogada ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.609, con el carácter de apoderada judicial del ESTADO CARABOBO, contra la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.” y la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, y se ordenó citar al ciudadano NELSON EZEQUIEL RODRÍGUEZ NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.777.711, en su carácter de Director Ejecutivo de la empresa “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.” y al ciudadano FERNANDO JOSÉ CÁRDENAS PÁEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.634.793, en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, con copia certificada de todo el expediente. Así mismo se fijó el décimo (10) día de despacho siguiente al que constare en autos la notificación de la última de las partes, a fin de celebrar la Audiencia Preliminar, establecida en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En esta oportunidad las partes debían promover los medios probatorios que juzgaren convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses.
En fecha 27 de Febrero de 2013, se recibió comisión proveniente del JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, contentiva de las resultas de la citación librada a la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.” , la cual resultó infructuosa.
En fecha 25 de abril de 2013, se recibió comisión proveniente del JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, contentiva de las resultas de la citación librada a la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.”, la cual resultó infructuosa.
En fecha 07 de mayo de 2013, compareció la Abogada ANA MARÍA FREY RAMÍREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 134.637, actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, solicitó la citación a las partes co- demandadas, a través carteles de conformidad al artículo 223 del Código de Procedimiento Civil; lo cual es acordado en fecha 13 de mayo de 2013.
En fecha 26 de junio de 2013, compareció la Abogada KARELIA B. FIGUEROA C., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 102.373 actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, consignó para ser agregados a los autos carteles de citación dirigido a la a la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.” y a la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, publicados en fechas 17 y 21 de junio de 2013, respectivamente en el diario “EL NACIONAL”.
En fecha 07 de agosto de 2015, compareció la Abogada MARÍA JOSÉ MARÍN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 102.373 actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, solicitó el abocamiento del nuevo Juez en la presente causa.
En fecha 13 de agosto de 2015, el ciudadano LUIS ENRIQUE ABELLO GARCÍA, en su condición de Juez Provisorio de éste Juzgado Superior, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 19 de junio de 2017, mediante auto éste Juzgado Superior, acuerda de conformidad con lo solicitado por la representación judicial de la parte demandante en diligencia de fecha 16 de mayo de 2017, por consiguiente se ordenó la fijación de los Carteles de Citación en la morada, oficina o negocios de las partes co-demandadas.
En fecha 30 de octubre de 2017, se recibió comisión proveniente del JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, contentiva de las resultas de la ordenada fijación en morada del cartel librado a la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, debidamente cumplida.
En fecha 10 de diciembre de 2018, compareció la Abogada AMIRA CÁCERES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 79.117, actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, parte demandante, solicitó el abocamiento del nuevo Juez en la presente causa.
En fecha 27 de febrero de 2019, el ciudadano FRANCISCO GUSTAVO AMONI VELÁSQUEZ, en su carácter de Juez Provisorio de éste Juzgado Superior, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 19 de marzo de 2019, se recibió comisión proveniente del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, contentiva de las resultas de la ordenada fijación en morada del cartel librado a la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.”, la cual resultó infructuosa.
En fecha 09 de diciembre de 2019, compareció por una parte la Abogada SORIELIS R. NOGUERA ARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 254.751, actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, parte demandante y por otra el Abogado ARTURO ERNESTO BLANCO URDANETA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 150.506, actuando en su carácter de representante de la sociedad mercantil “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, consignaron escrito de transacción en la presente causa. En fecha 27 de enero de 2020, éste Juzgado Superior homologó la transacción presentada por las partes.
En fecha 26 de abril de 2020, compareció la abogada WENDY GARCÉS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 301.784, actuando en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, solicitó el abocamiento del nuevo Juez en la presente causa.
En fecha 07 de abril de 2022, se dictó auto mediante el cual el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, en su condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre de 2020, y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de noviembre de 2020, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En consecuencia, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, economía procesal, y en uso de las facultades previstas en los artículos 14, 15 y 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicables de manera supletoria al presente caso por mandato del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO solicitado por el abogado JOAB BAPTISTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.331, actuando en su carácter de representante del Estado Carabobo, parte demandante y en consecuencia SE ORDENA LIBRAR NUEVO CARTEL DE CITACIÓN a la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.”, a los fines de ser publicado por parte del demandante en el diario “ULTIMAS NOTICIAS” con intervalo de tres (03) días entre uno y otro, para que se dé por citado ante éste Tribunal Superior, en el término de quince (15) días de despacho siguientes a la publicación, fijación y consignación que del presente cartel se haga y se deje constancia en autos de la última formalidad cumplida, en la presente causa relacionada con el expediente 14.037, contentivo de la demanda de contenido patrimonial conjuntamente con medida cautelar, interpuesta por la abogada ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.609, con el carácter de apoderada judicial del ESTADO CARABOBO, contra la sociedad mercantil “INVERSIONES HERO, (INVHERO), C.A.” y la compañía aseguradora “SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.”, en las horas comprendidas entre las 08:30 de la mañana y las 03:30 de la tarde, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Se advierte a la parte codemandada que el lapso para que se tenga por citada comenzara a constarse el día de despacho siguiente a la constancia en autos de haber cumplido con la última de las formalidades, y si no comparece, en el lapso señalado se le designara Defensor Judicial, con quien se entenderá la citación y demás trámites del proceso. Líbrese Cartel de Citación.
El Juez Superior,


Dr. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Accidental,


Abg. DAYANA ANDREINA PÉREZ PÁEZ.

Expediente N ° 14.037. En la misma fecha se libró Cartel de Citación.

La Secretaria Accidental,



Abg. DAYANA ANDREINA PÉREZ PÁEZ.







PEVP/dapp/dasc