REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,
EXTENSIÓN PUERTO CABELLO
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA
Puerto Cabello, 27 de Abril de 2023
213° y 164°
ASUNTO PRINCIPAL: GP31-S-2023-000058DM
ASUNTO: GP31-S-2023-000058DM
SOLICITANTE: PETRA MARGARITA ZERGA PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.603.266
ABOGADAS ASISTENTES: ANDREINA THAYMIR ROLI HERNANDEZ Y ESTEFANY GABRIELA ROGANTE DIAZ, inscritas en el inpreabogado bajo los Nos 256.267 y 256.256
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION (Reposicion)
CLASE: SENTENCIA INTERLOCUTORIA No. PJ00520230000039
I
De una revisión de las actas procesales observa este Tribunal, que en el auto de admisión de fecha 15 de febrero de 2023 (f. 16), se instó a la solicitante a indicar el domicilio de los ciudadanos Yaisi Margarita Rodríguez Zerga, Erica del Valle Rodríguez Zerga, Yamelys Coromoto Rodríguez Zerga, Mileidy Yelitza Rodríguez Zerga, Andrés Alberto Rodríguez Zerga, Yohan Alonso Rodríguez Zerga, y Darwin Alexander Rodríguez Zerga,, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 11.748.516, V.- 13.665.508, V.- 14.380.096, V.- 16.183.348, V.- 17.249.888, V.- 18.552.122 y V.- 20.144.931, terceros interesados en la presente solicitud, pues se desprende del acta de defunción sobre la cual recae la presente rectificación que los mencionados ciudadanos aparecen señalados como hijos e hijas del fallecido ciudadano Andrés Alberto Rodríguez.
Asimismo, en el referido auto se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de familia, así como el emplazamiento mediante cartel de las personas que pudiesen verse afectadas en sus derechos, tal como lo ordena el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, constando el cumplimiento de dichas formalidades a los folios 23 y 26 del presente expediente.
Posteriormente en fecha 21 de marzo de 2023, se ordenó la citación del Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de familia, a los fines de aperturar el lapso probatorio tal como lo ordena la norma en su artículo 771 ejusdem, constando al folio 31 del expediente la citación práctica.
Ahora bien, se observa en el caso de autos, que la solicitante no dio cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión, referente a la consignación del domicilio de los terceros directos, y por cuanto verifica este Tribunal que por error se cómputo el lapso de emplazamiento de diez (10) días de despacho, así como también se aperturó el lapso probatorio, sin que constará aún las citaciones ordenadas en el referido auto de fecha 15/02/2023, es por lo que en aras de ordenar y sanear el presente asunto y a los fines de no vulnerar el derecho a la defensa de los terceros emplazados, se repone la solicitud al estado citación de los ciudadanos Yaisi Margarita Rodríguez Zerga, Erica del Valle Rodríguez Zerga, Yamelys Coromoto Rodríguez Zerga, Mileidy Yelitza Rodríguez Zerga, Andrés Alberto Rodríguez Zerga, Yohan Alonso Rodríguez Zerga, y Darwin Alexander Rodríguez Zerga, anteriormente identificados, dejándose sin efecto las actuaciones posteriores a la consignación del cartel de emplazamiento, lapso éste que comenzará a computarse una vez conste la última de las citaciones ordenadas, para lo cual se insta a la solicitante a consignar los domicilios de las personas antes indicadas.
Asimismo, observa este Tribunal que en el acta de defunción que se pretende rectificar en el ítem circunstancias especiales del acto, se señala como hija del fallecido a la ciudadana Dairy Andreina Rodríguez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.642.864, verificando este Tribunal a su vez que dicha persona es la misma que aparece como declarante de la defunción, señalándose como su residencia la siguiente: San Esteban, Vereda 15, Sector 2, Casa Nº 43, y en virtud que la mencionada ciudadana se indica como hija del fallecido Andrés Alberto Rodríguez, y la presente rectificación versa sobre su acta de defunción, se ordena citar a la ciudadana Dairy Andreina Rodríguez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V.- 24.642.864, en la dirección arriba indicada. Líbrese Boleta.
La Jueza Provisoria
Abg. Mariel Verónica Ramírez Suárez
La Secretaria
Abg. Andreina Rodríguez Lugo
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Abg. Andreina Rodríguez Lugo
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