REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 11 de Mayo del 2022
Años: 212º y 163º
Exp. Nro. 15.342
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 05 de Mayo del 2014, mediante la cual declaró:
“(…omissis…)INADMISIBLEla Querella Funcionarial, interpuesta por elabogado JOSE ALAIN MONTAÑA NARVAEZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 146.764, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE LUIS SEIJAS, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.018.919,contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO COJEDES. (…omissis…)”.
En consecuencia, por todo lo antes narradoy por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente y por razón de espacio físico a partir de la presente fecha se ordena remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,
Dr. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Suplente,
ABG. DAYANA A. PEREZ P.
Exp. Nro. 15.342.
PEVP/DAPP/gu.