REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 07 de junio de 2022
Años: 212º y 163º
Exp. Nro. 13.691
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 29 de noviembre de 2017, mediante la cual declaró:

“(…omissis…)la PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERES, y en consecuencia TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en el recurso de nulidad presentada por el ciudadano EMISAEL DURAN DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.118.392, en carácter de apoderado judicial de la ciudadana MISLAY MARGARITA HERRERA LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.515.032, contra el acto administrativo dictado por la comisión liquidadora del Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy, en fecha 30 de julio de 2010. (…omissis…)”

En consecuencia, por todo lo antes narrado y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente y por razón de espacio físico a partir de la presente fecha se ordena remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,

DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Suplente,

ABG. DAYANA A. PEREZ P.

Exp. Nro. 13.691
PEVP/DP/AR