REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Dicta la presente: Sentencia Interlocutoria.
DEMANDANTE: MARY JOSEFINA QUINTERO.
DEMANDADO: JAMES DANIEL HERRERA.
MOTIVO: EXTINCION DEOBLIGACION DE MANUTENCION.
EXPEDIENTE Nº: 439/05.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
I
NARRATIVA
En fecha 15 de Noviembre de 2005, se consignó el físico de la demanda por OBLIGACION DE MANUTENCION ALIMENTARIA, intentada por la Ciudadana: MARY JOSEFINA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°. V-13.324.707, contra el Ciudadano:JAMES DANIEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº. V-13.469.272, a favor de los niñosJULIO DANIEL HERRERA QUINTERO y JAMES DANIEL HERRERA QUINTERO de 11 y 09 años de edad, a los fines de que homologue el acuerdo llegado entre las partes en el acta conciliatoria llevada por ante esta institución en fecha 16/12/2005.
En fecha 15 de Noviembre de 2005, se le dio entrada y admisión a la presente solicitud quedando anotado bajo el N° 439/05. Se libro oficio Nº 4360-3862 y 4360-3863 al Fiscal Especializado en Materia Civil de Familia y al Jefe de Recursos Humanos de la GRANJA LA GUARURA y boleta de citación al ciudadano: JAMES DANIEL HERRERA, antes identificado.
En fecha 16 de Febrero de 2006, se dicto sentencia donde se homologo el convenimiento de pensión alimentaria entre las partes.
II
MOTIVA
Llegada la oportunidad de decidir, pasa esta sentenciadora a hacerlo para lo cual previamente observa:
Del análisis efectuado se evidencia que, de conformidad con lo establecido en el literal B del Articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, cuando señala: “Articulo 383.- Extinción. La obligación alimentaría se extingue:…b) por haber alcanzado la mayoría de edad el beneficiario de la misma, excepto que padezca deficiencias físicas o mentales que lo incapaciten para proveer su propio sustento o cuando se encuentre cursando estudios que, por su naturaleza, le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación puede extenderse hasta los veinticinco años de edad, previa aprobación judicial…”, en el caso que quien aquí juzga considera que ya las beneficiarias de la obligación alimentaría son mayores de edad… , es por lo que ésta, debe declarar en la dispositiva EXTINGIDO el presente proceso. Y así se declara.-.
III
DECISIÓN
En consecuencia, por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEYDE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 383 Y 384 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE : Declara:
PRIMERO: CON LUGAR: EXTINGUIDA LA PRETENSION PORAUMENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, presentada por la ciudadana: MARY JOSEFINA QUINTERO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°. V-13.324.707, contra el Ciudadano:JAMES DANIEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº. V-13.469.272, a favor de los niñosJULIO DANIEL HERRERA QUINTERO y JAMES DANIEL HERRERA QUINTERO de 11 y 09 años de edad. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del dispositivo de la presente sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia digitalizada debidamente certificada por Secretaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, a los Veintiún(21) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintidós (2.022). Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.-.
La Jueza,
ABG. MABEL DEL CARMEN OJEDA BETANCOURT.
La Secretaria,
ABG. NATHALY NAZARETH CARMONA ARTEAGA.
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