REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIAEN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 08 de agosto del 2022
Años: 212º y 163º
Exp. Nro. 13.434

En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 31 de mayo del 2010, mediante la cual declaró:

“(…omissis INCOMPETENTE, para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos GEOMAR CLEMENTE MORILLO, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ MOLINA y CESAR AUGUSTO OVIL TUOZZO, cedulas de identidad V- 5.374.680, V-18.436.987 y V-15022.871, respectivamente, contra la Circular Nro. 02 dictada por el CONSEJO DE FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACION DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO., (…omissis…)”

En consecuencia, por todo lo antes narrado por razón de espacio físico a partir de la presente fecha se ordena remitir a la Oficina de Archivo Judicial.

El Juez Superior,

Dr. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Suplente,

ABG. DAYANA A. PEREZ P.

Exp. Nro. 13.434.
PEVP/DP/jede