REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 16 de Septiembre de 2021
211° y 162°

Exp. Nº 0969

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 5110

El 16 de octubre de 2006, el abogado Alberto Ramírez, titular de la cédula de identidad número V-7.380.420, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 74.003, interpuso recurso contencioso tributario ante este tribunal, actuando en su carácter de apoderado judicial de LA GRAN IMPORTADORA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 13 de octubre de 2000, bajo el N° 28, Tomo 79-A, y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30746376-7, domiciliada en la Urb. Prebo I, Av. 105-D, entre Calles 129 y 130, Residencias Canoabo, Piso 06, Apto Nº 602, Valencia Estado Carabobo, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GGSJ/GR/DRAAT/2006/469 del 31 de marzo de 2006, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual declara inadmisible el recurso jerárquico interpuesto quedando firme la Resolución Nº RCE/DSA/540/04/00013 del 27 de mayo de 2004, donde se le impone a la contribuyente reparo fiscal por un monto de bolívares 2.518.765.652,70.
El 18 de Octubre de 2006 se le dio entrada al Recurso Contencioso Tributario y se le fue asignado al expediente el Nº 0969. Se ordenaron las notificaciones correspondientes de acuerdo a la ley y se solicito al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la remisión del expediente administrativo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Tributario 2001.
El 30 de noviembre de 2007 el alguacil de este tribunal consigno la ultima boleta de notificación de la entrada correspondiente al Gerente Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). La cual fue firmada y sellada.
El 12 de diciembre de 2007 se dicta Sentencia Interlocutoria Nº 1122, donde se declara ADMITIDO el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Alberto Ramírez Riera, titular de la cedula de identidad Nº V-7.380.420, abogado inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 74.003, actuando como apoderado judicial de LA GRAN IMPORTADORA, C.A.
En fecha 29 de octubre de 2008, se dicta Sentencia Definitiva Nº 0554 en la cual se declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por el abogado Alberto Ramírez, actuando en su carácter de apoderado judicial de LA GRAN IMPORTADORA, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GGSJ/GR/DRAAT/2006/469 del 31 de marzo de 2006, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual declara inadmisible el recurso jerárquico interpuesto quedando firme la Resolución Nº RCE/DSA/540/04/00013 del 27 de mayo de 2004.
2) ADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto por LA GRAN IMPORTADORA, C.A., la Resolución Nº RCE/DSA/540/04/00013 del 27 de mayo de 2004 emitido por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
3) CON LUGAR la reposición de la causa en vía administrativa al estado de emitir una nueva acta de reparo a LA GRAN IMPORTADORA, C.A., por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
4) EXIME a las partes de las costas procesales por no haber sido totalmente vencidas en la presente causa, de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Tributario.

De la revisión exhaustiva del presente expediente, se observa que en la presente causa se dicto sentencia definitiva por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, como consecuencia, de conformidad con el artículo 281 del Código Orgánico Tributario de 2001 aplicable al caso de autos ratione temporis, ordena remitir este expediente número 0969 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a los fines de cualquier ejecución, si hubiere lugar a ello. Así se establece. Líbrese oficio. Déjese copias de la presente decisión. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los Dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil Veintiuno (2021). Año 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
El Juez,


Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria,


Abg. Maria Alejandra Burgos

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,


Abg. Maria Alejandra Burgos




Exp. Nº 0969
PJSA/mb/nl