REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de Septiembre de 2021
211º y 162º

Visto el escrito presentado por los ciudadanos FREDY OSCAR OCHOA, PABLO MIGUEL GONZALEZ HENRIQUEZ, CARLOS ALBERTO GONZALEZ HENRIQUEZ, PAOLA EILIN GONZALEZ CADENAS ,JOSE ANTONIO GONZALEZ HENRIQUEZ ,ROQUE ALBERTO GONZALEZ STARCHEK y MARIA GABRIELA GONZALEZ STARCHEK, titulares de las cedula de identidad Nº V-7.110.991, Nº V-7.911.410, Nº V-6.884.447, Nº V-26.814.174, Nº V-11.349.922, Nº V-28.232.544 y Nº V-26.814.173, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada ADRIANA LOPEZ CORVO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.383.333, e inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo el Nº 101.498, de fecha 30/09/2021, en el cual manifestaron entre otras cosas lo siguiente:
“(…) Ahora bien ciudadano juez : Sucede que “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.”, ya identificada, es poseedora de un inmueble constituido como predio denominado Hacienda San Pablo, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por Hacienda El Cují. SUR: Terrenos ocupados por la Agropecuaria 5 de Julio. OESTE: Vía de penetración Barrerita. ESTE: Río Pao. En este inmueble ya identificado se encuentra la sede social de “AGROPECUARIA 5 DE JULIO, C. A.”, “AGROPECUARIA REY DEL LLANO, C. A.” e “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.” y de “AGROPECUARIA MATA REDONDA, C.A.”, ocupando las siguientes áreas específicas: I. “AGROPECUARIA 5 DE JULIO, C. A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de Quinientas Ochenta y Tres Hectáreas con Tres Mil Setecientos Doce Metros Cuadrados (583 Has con 3.712 m2), ubicada en la Carretera Nacional vía La Arenosa, Sector Barrerita, Municipio Libertador del Estado Carabobo, dentro del predio denominado Hacienda San Pablo, cuyos linderos son: NORTE: Terreno ocupado por “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.”. SUR: Terrenos ocupados por Simón Abreu y Hacienda Las Naranjas. OESTE: Sub Estación Eléctrica La Arenosa y Carretera La Arenosa. ESTE: Terreno ocupado por “INVERSORAMULTINACIONAL, C. A.”. II. “AGROPECUARIA REY DEL LLANO, C. A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de Cuatrocientos Setenta y Nueve Hectáreas con Ocho Mil Ochocientos Diez Metros Cuadrados (479 Has con 8.810 m2), ubicada en la Carretera Nacional vía El Paíto, Kilómetro 10, Parroquia Miguel Peña del Estado Carabobo, dentro del predio denominado Hacienda San Pablo, cuyos linderos son: NORTE:Terreno ocupado por Agropecuaria “Doña Flora”. SUR: Terreno ocupado por Hacienda Los Aguacates. OESTE: Terreno ocupado por “INVERSORA MULTINACIONAL, C.A.”. ESTE: Carretera Nacional Valencia - El Paíto. III. “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de Novecientas Veintiocho Hectáreas con Mil Ochocientos Veinticuatro Metros Cuadrados (928 Has con 1.824 m2), ubicada en la Carretera Nacional vía La Arenosa, Sector Barrerita, Municipio Libertador del Estado Carabobo, dentro del predio denominado Hacienda San Pablo, cuyos linderos son: NORTE: Terreno ocupado por Hacienda El Cují. SUR: Terrenos ocupados por la Agropecuaria 5 de Julio. OESTE: Vía de penetración Barrerita. ESTE: Río Pao. IV. “AGROPECUARIA MATA REDONDA, C.A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de Doscientas Setenta y Ocho Hectáreas con Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho Metros Cuadrados (278 Has con 6.488 m2), ubicada en el Sector La Manzanita, Parroquia Miguel Peña del Estado Carabobo, dentro del predio denominado Hacienda San Pablo, cuyos linderos son: NORTE: Terreno ocupado por Granja La Caridad y Quebrada Las Manzanas. SUR: Terreno ocupado por Granja La Caridad. OESTE: Carretera Nacional Valencia – Las Dos Bocas. ESTE: Quebrada Las Manzanas. Ahora bien, colindando con San Pablo está el fundo pecuario Los Aguacates donde está la sede social de “LOS AGUACATES, C.A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de aproximadamente Cuatro Mil Seiscientas Ochenta y Cinco Hectáreas con Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro Metros Cuadrados (4.685 Has con 9.554 m2), ubicado en el Sector Alto del Paíto, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, cuyos linderos son: NORTE: La Quebrada Las Manzanas, desde sus cabeceras hasta desembocar en el río Pao. SUR: Serranía de Pirapira, que a su espalda tiene la posesión que es o fue de los Guevara y de los propietarios de la Arenosa. ESTE: Desde la cumbre del cerro Salamanca hasta la cabecera de la Quebrada Las Manzanas. OESTE: Agua abajo del Río Pao hasta donde se descuelgan las serranías de Pirapira, desde la cumbre de Salamanca.El predio “Charco Largo” integrado por “Charco Largo”, “Los Caballos”, “El Trompillo” y “Palma Sola” propiedad de “AGROCA 2012, C.A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de aproximadamente Setecientas Noventa y Cuatro Hectáreas con Cuatro Mil Ciento Treinta y Tres Metros Cuadrados (794 Has con 4.133 m2), ubicado en el Sector conocido como “La Arenosa”, Municipio Libertador del Estado Carabobo, cuyos linderos son: OESTE: Partiendo del punto en donde desemboca la quebrada de “Los Caballos” en el río Paíto, se sigue aguas arriba de este río hasta el sitio en que lo atraviesa el puente de la carretera que conduce de “La Arenosa” a Valencia. NORTE: Partiendo desde dicho puente, se sigue el lindero aguas arriba del río Paíto, hasta el punto en que desemboca en dicho río la quebrada de “Barrera”, siguiendo desde aquí la línea de la cerca divisoria existente hasta el cruce con la carretera del Fundo “El Trompillo”, este sitio ubicado a una distancia de Cuarenta metros (40mts) aproximadamente de la quebrada denominada “Agua Fría”, desde el punto anteriormente indicado, atravesando la mencionada quebrada se sigue la línea descrita por la cerca divisoria que recorre el filo de la colina de “Palma Sola”, hasta llegar a un palo de “Camoruco” situado en la ladera de la tercera colina, contiguo a la cerca misma existente. ESTE: Desde el expresado palo de “Camoruco” con rumbo medio norte-sur, el lindero sigue el filo de las demás colinas hasta la cumbre terminal de la línea de las colinas situadas al este de “La Palmita”, el lindero que está en su totalidad debidamente cercado. SUR: Desde la cumbre terminal de las filas de las colinas, bajando hacia el sitio denominado “El Tigre” con rumbo medio Este-Oeste, pasa el lindero por el filo del cerro “El Tigre”, llegando al punto en donde la cerca se encuentra con la quebrada de “Los Caballos” en las inmediaciones de su nacimiento y desde ese punto, se recorre una distancia de Un Mil Setecientos Metros (1.700 mts), con un rumbo medio 70º Norte-Oeste, pasando el lindero por el medio de una laguna hasta la cumbre de un cerrito situado a Ciento Cinco Metros (105 mts) al Sur de la quebrada de “Los Caballos” desde este punto, con ángulo acimutal de 90º hasta la antedicha quebrada, siguiendo aguas abajo hasta la desembocadura de ésta en el río “Paíto”, que es el punto de partida del lindero Oeste. El lote de terreno denominado “Hacienda El Cují” sede social de “AGROPECUARIA RÍO GUATAPARO, C.A.”: Se desarrolla sobre un lote de terreno de aproximadamente Ciento Setenta y Siete Hectáreas con Cinco Mil Doscientos Cincuenta y Tres Metros Cuadrados (177 Has con 5.253 m2), ubicado en el Sector El Cují, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, cuyos linderos son: NORTE: Agropecuaria La Pradera y Agropecuaria Valle Lindo. SUR: Hacienda San Pablo. ESTE: Hacienda La Esperanza. OESTE: Agropecuaria R.P. C.A.. Ahora bien, en “AGROPECUARIA 5 DE JULIO, C.A”, “AGROPECUARIA REY DEL LLANO, C.A.”, “INVERSORA MULTINACIONAL, C.A.”, “AGROPECUARIA MATA REDONDA, C.A.”, “LOS AGUACATES, C.A”, el predio “Charco Largo” integrado por “Charco Largo”, “Los Caballos”, “El Trompillo” y “Palma Sola” propiedad de la sociedad mercantil “AGROCA 2012, C.A”y “AGROPECUARIA RÍO GUATAPARO, C.A” la cuales colindan entre si e, todas colindantes entre sí y las cuales integradas forman una sola unidad de producción cuya extensión aproximada total es de Siete Mil Novecientas Veintisiete hectáreas con Nueve Mil Setecientos Setenta y Cuatro metros cuadrados (7.927 Has con 9.774 m2);han venido ocurriendo hechos que atentan contra la producción agroalimentaria que en ellas se llevan a cabo, ya que personas desconocidas y ajenas a la hacienda realizan acciones que interrumpen la producción llegando a causar daños irreparables en las siembras y cosechas, ocasionando en algunos casos hasta la pérdida total de las cosechas; hurto y muerte de los animales y daños considerables a las instalaciones, ya que de manera continua ingresan a dichas haciendas sin autorización causando pérdidas a las cosechas y a la cría de ganado y aves de corral, constituyendo un riesgo a la seguridad alimentaria de la nación, es por estas razones que acudimos ante su competente autoridad para solicitar se dicten MEDIDAS ASEGURATIVAS INNOMINADAS DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA que impidan el acceso no autorizado de personas ajenas a las agropecuarias, con el objeto de llevarse los frutos o animales. Dicha solicitud se hace con la finalidad de resguardar la seguridad alimentaria y continuar la operatividad de las agropecuarias ya mencionadas, en virtud de que la ocupación ilegal del terreno y la apropiación indebida de los frutos, ocasionan daños graves a la infraestructura y a la producción agroalimentaria a que está destinado el inmueble. La importancia del funcionamiento pacífico de “AGROPECUARIA 5 DE JULIO, C. A.”, radica en que el área aprovechable con producción representa el 80% (466 Has) y el restante 20% (116 Has) es no aprovechable por ser zona protectora. El área aprovechable está conformada por Trescientas Setenta y Ocho Hectáreas (378 Has) que corresponden a potreros fundados con pasto estrella y barrera; Ocho Hectáreas (8 Has) del área de galpones de ambiente controlado para cría de pollos de engorde y Ochenta Hectáreas (80 Has) que corresponden al 13,71% de maíz, por lo que en dicha hacienda se realiza siembra y cosecha de rubros considerados como de primera necesidad en la nación. El área no aprovechable del predio está representada por infraestructuras instaladas, cerca perimetral y vialidad interna. La actividad productiva está representada por la producción de pollos de engorde, los cuales tienen un ciclo de Cuarenta y dos (42) días, culminado este período son enviados a matadero; el predio cuenta con un núcleo para la explotación avícola de carne conformada por Doce (12) galpones de ambiente controlado, los cuales tienen un área de 1.200 m2 (120m x 10m), con una capacidad instalada de Treinta y Cinco Mil (35.000) pollos; además de desarrollar la actividad ganadera; según se desprende de Certificación de Finca Productiva que marcada con la letra “H”se acompaña al presente escrito, con lo que quedaría evidenciado que “AGROPECUARIA 5 DE JULIO, C. A.”, contribuye con la seguridad alimentaria de la nación, aparte del hecho de que es fuente de decenas de empleos directos. Asimismo, la importancia del resguardo de “AGROPECUARIA REY DEL LLANO, C. A.”, y de las actividades que ésta realiza constituye una garantía de alimentación para la población, ya que trabaja en conjunto con las fincas adyacentes como Inversora Multinacional, C. A. y Agropecuaria 5 de Julio, C. A., haciendo rotación de ganado para aprovechar al máximo el pasto los rastrojos de siembre de maíz que anualmente sacan, consta además de una superficie de Trescientas Hectáreas (300 Has) de área reservada para la siembra de maíz amarillo (rubro considerado como esencial), Ciento Treinta y Cuatro Hectáreas (134 Has) de pasto estrella y barrera, con un área no aprovechable del 10% donde se encuentran las zonas de reservas naturales, lagunas, bienhechurías y caminos internos equivalentes a una superficie de Cuarenta y Siete Hectáreas (47 Has) y un inventario de Mil Cien (1.100) cabezas de ganado de las cuales Quinientas Trece (513) son mautes para la ceba y el restante, esto es Quinientas Ochenta y Siete (587) son vacas y becerros; según se desprende de Certificación de Finca Productiva que marcada con la letra “I” se acompaña al presente escrito, con lo que queda evidenciado que “AGROPECUARIA REY DEL LLANO, C. A.”, contribuye con la seguridad alimentaria de la nación, aparte del hecho de que es fuente de más de una decena de empleos directos e indirectos. En este mismo orden de ideas, la importancia del funcionamiento pacífico de “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.” radica en que en dicha hacienda se realiza siembra y cosecha de rubros considerados como de primera necesidad en la nación, tal y como ocurre con el maíz, el área aprovechable del predio está conformada por el 92% (853 Has con 9.278 m2) y el restante, es decir, el 18% (74 Has con 2.456 m2) es no aprovechable por estar ocupado por: a) un urbanismo (64 Has con 47 m2); y, b) las oficinas y depósitos de la empresa (2 Has con 13 m2). El área aprovechable del predio está conformada por Setecientas Treinta y Ocho Hectáreas con Sesenta y Ocho Metros Cuadrados (738 Has con 68 m2) que corresponden a potreros fundados con pasto estrella y barrera; Veintiún Hectáreas con Setenta y Dos Metros Cuadrados (21 Has con72 m2) del área de galpones de ambiente controlado para cría de pollos de engorde y Ciento Un Hectáreas (101 Has) para el cultivo de cereales. La actividad productiva está representada por producción agrícola animal avícola con una capacidad de producción de Un Millón Doscientos Sesenta Mil (1.260.000) pollos, Cuatrocientos Veinte Mil (420.000) aves por núcleo, y ganadería y producción vegetal de cereales; según se desprende de Certificación de Finca Productiva que marcada con la letra “J” se acompaña al presente escrito, con lo que queda evidenciado que “INVERSORA MULTINACIONAL, C. A.”, contribuye con la seguridad alimentaria de la nación, aparte del hecho de que es fuente de aproximadamente Catorce (14) empleos directos. La importancia del buen funcionamiento y sin interrupciones de “AGROPECUARIA MATA REDONDA, C.A.”, está en que en dicha hacienda se realiza una actividad agrícola vegetal con predominio de maíz blanco y otros cultivos menores (guanábana, mango, cambur, limón, entre otros), abarcando una superficie de 72,02% aprovechable con producción, equivalente a una superficie de Doscientas Hectáreas con Siete Mil Once Metros Cuadrados (200 Has con 7.011 m2), y un área no aprovechable de 12,58% , donde se encuentran las zonas de reservas naturales, lagunas bienhechurías y caminos internos; según se desprende de Certificación de Finca Mejorable que marcada con la letra “K” se acompaña al presente escrito, con lo que queda evidenciado que “AGROPECUARIA MATA REDONDA, C.A.”, contribuye con la seguridad alimentaria de la nación, aparte del hecho de que es fuente de al menos una decena de empleos directos. La importancia del resguardo de “LOS AGUACATES, C.A.” y de lasa actividades que ésta realiza constituye una garantía de alimentación para la población, el área aprovechable del predio está conformada aproximadamente por el 90%, tiene aproximadamente Doscientos Cincuenta Hectáreas (250 Has) de pasto, Tres (03) criaderos para cerdos, el predio cuenta con Tres (03) núcleos para la explotación avícola de carne conformada por galpones de ambiente controlado, y un inventario de aproximadamente Cuatrocientas (400) cabezas de ganado; con lo que queda evidenciado que “LOS AGUACATES, C.A.”, contribuye con la seguridad alimentaria de la nación, aparte del hecho de que es fuente de alrededor de una decena de empleos directos e indirectos. La relevancia del funcionamiento pacífico del predio “Charco Largo” integrado por “Charco Largo”, “Los Caballos”, “El Trompillo” y “Palma Sola” viene dada por la actividad agraria desplegada con la siembra de pasto estrella y barrera, para la ceba y cría de bovinos, aparte de ser una fuente de empleos directos e indirectos (…). Finalmente, es importante garantizar el funcionamiento de “AGROPECUARIA RÍO GUATAPARO, C.A” por la actividad agraria desplegada con la siembra de pasto estrella y barrera, para engorde de ganado, aparte de ser una fuente de empleos directos e indirectos.Se acompaña Acta de Consignación de Documentos de la Oficina Regional de Tierras del Instituto Nacional de Tierras (INTI) marcada con la letra “L”. (…)”(Cursivas propias de este Juzgado Agrario).
En consecuencia de lo anterior, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo de conformidad con los artículos 02 “Estado Social y Democrático de Poder y Justicia”, 07 “Supremacía Constitucional” y 26 “Tutela Judicial Efectiva”, 51 “Derecho de Petición ante los órganos del estado venezolano” y 305 “Principio de Seguridad y Soberanía Alimentaría” de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ADMITE la presente solicitud de MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA SEGURIDAD AGROALIMENTARIA, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario realizar Inspección Judicial, para el día lunes (11) del mes de Octubre del año en curso, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en un lote de terreno ubicado en la Hacienda San Pablo ,ubicada en la carretera Nacional via La Arenosa-Sector Barrerita, Municipio Libertador Del Estado Carabobo, Los Aguacate ubicada en la avenida principal El Paito km 10 Plaza de Toros casa S/N Conjunto residencial Hacienda Los Aguacate Municipio Valencia del Estado Carabobo, Charco Largo integrada por Charco Largo , Los Caballos, El Trompillo y Palma Sola ubicados en la jurisdicción del Municipio Libertados, antes Municipio Tocuyito del Estado Carabobo, Sector conocido como La Arenosa, Hacienda El Cuji ubicada en la Ctra Antigua Carretera Vieja Valencia Tocuyito Casa Nº s-n Sector La Mariposa:, se ordena oficiar a la Coordinación Regional del Instituto Nacional de Tierra del Estado Carabobo (ORT-CARABOOBO), a fin de que se sirva designar a un (01) asesor técnico (Ingeniero Agrónomo) y acompañe a este Tribunal en la práctica de la referida inspección. Líbrese el oficio.
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Temporal,
ABG. OLIMAR ESCALANTE
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
La Secretaria Temporal,
ABG. OLIMAR ESCALANTE
Expediente JAP-486-2021-.
JGRG/O.E/M.A