REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 14 de Septiembre del 2021
211º y 162º

En atención a lo que prescriben los artículos 2 “Estado democrático social de derecho y de justicia”; el articulo 7 “Primacía constitucional”; el articulo 26 relativo al “Principio de la tutela judicial efectiva”, todos de la Constitución Bolivariana de Venezuela y en concordancia con el articulo 191 de la Ley de Tierras y desarrollo agrario vigente: “Los jueces y juezas agrarios podrán ordenar la practica de cualquier medio probatorio que consideren necesario para el mejor esclarecimiento de la verdad”.
En virtud de ello, el presente tribunal acuerda solicitar a la ORT (INTI) del estado Carabobo la verificación del titulo de adjudicación socialista agraria y Carta de Registro Agrario otorgado a favor del ciudadano: JOSE LUIS CHAVEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.030.620 sobre un lote de terreno denominado “GRANJA BEJUMA 620”, ubicado en el sector TUCUPIDO, asentamiento campesino TUCUPIDO, parroquia urbana Bejuma, Municipio Bejuma del estado Carabobo, constante de una superficie de SIETE HECTAREAS CON UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (7 HA CON 1641 MT2). El cual se otorgo de conformidad con reunión del instituto de tierras descritas como ORD 573-13 de fecha 23 de mayo del año 2014, bajo el titulo Nº 88543914 RAT000441, es todo.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria Temporal
ABG. OLIMAR ESCALANTE



EXPEDIENTE Nº JAP-368-2017.-
JGRG/OE/SF.-