REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 08 de Julio de 2021
211º y 162º

Por recibido el escrito de solicitud de demanda por Cumplimiento de Contrato, presentado por la abogada Carolina Lorenzo Valado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.781.025, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 152.994, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Grupo Souto C.A., sociedad inicialmente inscrita como Granja Monte Alegre C.,A., por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el Registro de Comercio que llevaba al efecto bajo el Nº 51-50, en fecha 03/03/1973, posteriormente cambiada su denominación a Grupo Souto C.A., según acta de asamblea de accionistas inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el 05/12/2003, bajo el Nro. 38, Tomo 77-A, en contra de la Sociedad Mercantil Agroinversiones Vencer C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas en fecha 12/05/2016, bajo el Nro. 44, Tomo 14-A, representada por los ciudadanos Cesar Daniel Diaz Marquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.933.079, en su carácter de Presidente, y Luz Marina Contreras Mora, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.862.822, en su condición de vicepresidente, y en contra del ciudadano Cesar Daniel Diaz Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.933.079, constante de veintinueve (29) folios útiles y veintiún (21) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
El Juez,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria


ABG. MELDRY CASTILLO

En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-477-2021.

La Secretaria


ABG. MELDRY CASTIILO


EXPEDIENTE Nº JAP-477-2021.-
JGRG/MC/Olimar E.-