REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 20 de Julio de 2021
211º y 162º

Visto el escrito de demanda presentado en fecha del 10/02/2021, presentado por el apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Nutrición Técnica Nutritec C.A, plenamente identificados en auto, abogado Eduardo Bernal Acuña, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 3.491.119, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 6.585, éste Juzgado Agrario pasa a proveer lo conducente:

De las Documentales:
1.- Copia Fotostática simple de orden de compra realizadas por Sociedad Mercantil Nutrición Técnica Nutritec C.A, Nº 4500013392, al proveedor Sociedad Mercantil soluciones Soluciones GSC, S.A, de fecha 06 de Abril del 2017, Marcada con el Nº “1” folios (27y 28)
2.- Copia Fotostática simple de orden de compra realizadas por Sociedad Mercantil Nutrición Técnica Nutritec C.A, Nº 4500013377, al proveedor Sociedad Mercantil soluciones Soluciones GSC, S.A, de fecha 20 de Marzo del 2017, Marcada con el Nº “2” folios (29 al 32)
3.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por el ciudadano Gabriel Beltran (gbeltran@solucionesgsc.com.ve) de fecha 06 de Abril del 2017, al ciudadano Javier Hernández (javierhernandez@nutritec.com.ve), Marcado con el Nº “3” , folios (33 al 34);
4.- Copia Fotostática simple de cotización de pago anticipado de fecha 06 de Abril del 2017, por la compra de maíz amarillo folio (35)
5.- Copia Fotostática simple en el cual se evidencia el número de cuenta perteneciente a la Sociedad Mercantil Soluciones GSC, S.A, en el banco Exterior y en banco Banesco, Folio (36)
6.-Copia fotostática simple de Registro De Información Fiscal Nº J400539854, de Sociedad Mercantil Soluciones GSC, S.A, Folio (37)
7.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Mary López (marylopez@nutritec.com.ve) de fecha 06 de Abril de 2017, a Gabriel Beltrán. Elio Molina, Indira Farfán; Luisana Barrios, Maria Belén Sánchez, Luis Ormo, Juan Troconiz, y Albinas Rojas marcado con el Nº “4” Folios (38 al 41)
8.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por el ciudadano Gabriel Beltrán (gbeltran@grupo-merino.com) de fecha 06 de Abril de 2017, a Mary López, Elio Molina, Indira Farfán; Luisana Barrios, Maria Belén Sánchez, Luis Ormo, Juan Troconiz, y Albinas Rojas marcado con el Nº “5” Folios (42 al 44)

9.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Denisse Chipre (dchipre@grupo-merino.com) de fecha 02 de Octubre de 2017, a Mary López, Elio Molina, Indira Farfán; Luisana Barrios, Maria Belén Sánchez, Luis Ormo, Juan Troconiz, y Albinas Rojas marcado con el Nº “6” Folios (45 al 47)
10.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por el ciudadano Simón Rodríguez (simonrodriguez@nutritec.com.ve) de fecha 26 de Octubre del 2017, a la ciudadana Mary Lopez Marcado con el Nº “7” folios (48 al 50);
11.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Denisse Chipre (dchipre@grupo-merino.com) de fecha 06 de Diciembre de 2017, a Mary Lopez, Luis Ormo, marcado con el Nº “8” Folios (51 al 55)
12.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Mary Lopez (marylopez@nutritec.com.ve) de fecha 14 de Diciembre de 2018, a los ciudadanos Elio Molina, Luis Ormo y Juan Troconiz marcado con el Nº “9” Folio (56)
13.- Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por el ciudadano Elio Molina (Emolina@gmcommodities.com), de fecha 11 de Enero del 2017, al los ciudadanos Elio Molina, Luis Ormo y Juan Troconiz marcado con el Nº “10” Folio (57)
14.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Mary López (marylopez@nutritec.com.ve) de fecha 24 de Enero de 2019, a los ciudadanos Marlene Torrealba, Elio Molina, Juan Troconiz y Luis Ormo marcado con el Nº “11” Folio (58 al 59)
15.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Marlene Torrealba (mtorrealba@grupo-merino.com), de fecha 24 de Enero del 2019, a los ciudadanos Mary López, Elio Molina, Juan Troconiz, Luis Ormo y Maria Colmenares Marcado con el Nº “12” , folios (60 al 62);
16.- Copia Fotostática simple de comunicación realizada por la Sociedad Mercantil Soluciones GSC, S.A, a la Sociedad Mercantil Nutrición Técnica Nutritec, C.A, marcado con el Nº “13” Folios (63 al 64)
17.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por la ciudadana Maria Sánchez (comprassolucionesgscsa@gmail.com), de fecha 16 de Marzo del 2017, a los ciudadanos Javier Hernández, Luis Ormo, Elio Molina, Indira Farfán, Luisana Barrios, Gabriela Beltrán (overa@agronivar.com), Marcado con el Nº “14” , folios (65 al 68);
18.-Copia Fotostática simple de correo electrónico enviado por el ciudadano Gabriel Beltrán (gbeltran@solucionesgsc.com.ve) de fecha 17 de Marzo del 2017, a la ciudadana Mary López Marcado con el Nº “15” folios (69 al 79);
Vistas las documentales promovidas anteriormente, se admiten, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
El Juez,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria

Abg. MELDRY CASTILLO



En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado.


La Secretaria

Abg. MELDRY CASTILLO







EXPEDIENTE Nº. JAP-465-2021.
JGRG/MC/OE.-