REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 27 de Enero de 2020
209º y 160º
Por recibida la anterior solicitud de MEDIDA AUTONOMA E INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCÍON AGRICOLA Y/O A LA SEGURIDAD Y SOBERANIA ALIMENTARIA, presentada por las ciudadanas Carla Carolina Pinto Henríquez y Adriana María Pinto Henríquez, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.750.343 y V- 5.747.122 respectivamente, debidamente asistidas por las abogadas en ejercicio Violeta Rodríguez y Mariely Matheus, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 95.770 y 122.329; constante de cinco (05) folios útiles y diez (10) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-440-2020. Conste,
La Secretaria
ABG. MELDRY CASTILLO
Expediente JAP-440-2020.
JGRG/MC/MS.-