REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 27 de Enero de 2020
209º y 160º

Por recibida la anterior solicitud de MEDIDA AUTONOMA E INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCÍON AGRICOLA Y/O A LA SEGURIDAD Y SOBERANIA ALIMENTARIA, presentada por las ciudadanas Carla Carolina Pinto Henríquez y Adriana María Pinto Henríquez, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.750.343 y V- 5.747.122 respectivamente, debidamente asistidas por las abogadas en ejercicio Violeta Rodríguez y Mariely Matheus, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 95.770 y 122.329; constante de cinco (05) folios útiles y diez (10) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
El Juez

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria


ABG. MELDRY CASTILLO



En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-440-2020. Conste,



La Secretaria

ABG. MELDRY CASTILLO








Expediente JAP-440-2020.
JGRG/MC/MS.-