REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 02 de diciembre de 2020
210º y 161º
Vistas las diligencias suscritas en fecha 19/11/2020 presentada por el Abogado Eduardo Bernal Acuña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.491.118 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6585, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Nutrición Técnica Nutritec, C.A, este Tribunal de conformidad con los artículos 2,7,26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela acuerda las copias certificadas solicitadas, en este sentido insta a el solicitante a consignar por secretaría los fotostatos respectivos a objeto de que sean certificados de conformidad con lo que establece el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil de Venezuela, norma de aplicación supletoria en el fuero Agrario de conformidad con lo que establece el articulo 242 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario vigente.
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria
ABG. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
ABG. MELDRY CASTILLO
EXPEDIENTE Nº. JAP-452-2020
JGRG/MGC/dvg.-