REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 08 de Mayo de 2019
209º y 160º

Vista la diligencia anterior presentada por el Defensor Publico primero Agrario el abogado Edulfo Bernal, en el cual expone lo siguiente: “(…) Por cuanto fui designado como Defensor Publico en la Causa Nº JAP-396-2018de los ciudadanos LUÍS AUGUSTO NODA MINGUET, ANA SOFIA VALERA, MARIA BETANIA NODA y TULIO ANTONIO NODA … conforme al memorando numero UR-CA-2019-6781 de fecha 29 de abril del 2019 en fecha 02 de mayo del 2019 en la Defensa Publica Primera Agraria del estado Carabobo, una vez revisado el expediente JAP-396-2019, se observa en el folio 109 del expediente, que los demandados… otorgan Poder Apud Acta al abogado HERMES ABREU… evidenciándose además, que el apoderado judicial y la demandada han realizado distintas actuaciones en la causa; no constando en el expediente revocatoria expresa de la demandada de su Apoderado Judicial, ni consta solicitud de defensa agraria por parte de los demandados, en virtud de lo anterior me EXCUSO de conocer la presente Causa ya que, tal como lo indique anteriormente no existe una revocatoria expresa del apoderado judicial por parte de la de la demandada(…)” (Cursiva, de esta Instancia Agraria). En consecuencia, agréguese a los autos y téngase para proveer.
El Juez

ABG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ

La Secretaria

ABG. MELDRY CASTILLO






Expediente Nº JAP-396-2018. -
JGRG/MC/dvg.-