REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 25de Julio de 2019
209º y 160º

Por recibida la presente solicitud de MEDIDA AUTONOMA E INNOMINADA DE PROTECCION A LA SEGURIDAD Y SOBERANIA ALIMENTARIA CONSISTENTE EN LA PROTECCION DE EQUIPOS PARA EVITAR SU Deterioro, presentada por el ciudadano AUGUSTO GUILLERMO MERINO ARIAS, titular de la cedula de identidad Nº V-14.382.377, actuando en su condición de presidente de la Sociedad Mercantil IGCAR DE VENEZUELA, inscrita por ante el registro de información fiscal (RIF) bajo el Nº J -30576661-4, domiciliada en la ciudad de tinaquillo del Estado Cojedes, debidamente constituida e inscrita por ante la oficina del Registro Mercantil de la circunscripción judicial del estado Cojedes, en fecha veintiséis (26) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998), bajo el N° 63, tomo 5-A siendo su ultima acta de asamblea general extraordinaria, protocolizada por ante la misma oficina del registro en fecha 05 de junio de 2019, inserto bajo el N° 56, tomo 4-A RM325,debidamente asistido por el abogado FERNANDO FACCHIN ARIAS inscrito en el inpreabogado N° 72.015; constante de veinte (20) folios útiles y once (11) anexos; Désele entrada y téngase para proveer.
El Juez,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria,

Abg. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-422-2019

La Secretaria,

Abg. MELDRY CASTILLO
EXPEDIENTE Nº JAP-422-2019.-
JGRG/MC/FR-