REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, diez de julio de dos mil diecinueve
209º y 160º
ASUNTO: GP21-L-2017-000143
DEMANDANTE: ciudadano FREDDY JAVIER LANDINES ALVAREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.743.670 y de este domicilio.
APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE: Abogada ROSALBA QUINTANA, quien es venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 91.705.
DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA SOLIMET, R.L, domiciliada en el Municipio Juan José Mora del estado Carabobo.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: Abogado HOWARD REYES, quien es venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 266.649.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ANTECEDENTES
Llega el presente asunto al conocimiento de este tribunal de Juicio en fecha 13 de junio de 2019; asimismo en fecha 25 de junio de 2019, por auto expreso se convoca e indica el día y la hora para la celebración de la Audiencia de Juicio conforme al artículo 65 ejusdem; Ahora bien en fecha 10 de julio de 2019, siendo la oportunidad fijada para que tuviera lugar la Audiencia oral y pública de Juicio en el presente asunto; se deja constancia de la incomparecencia tanto de la parte demandante ciudadano FREDDY JAVIER LANDINES ALVAREZ; y de la parte demandada ASOCIACION COOPERATIVA SOLIMET,R.L ; Ni por si, ni representante o apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sus incomparecencias traen como consecuencia la extinción del proceso. Yasi se establece.
DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: ÙNICO: Extinguido el proceso, iniciado por el ciudadano FREDDY JAVIER LANDINES ALVAREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-12.743.670 y de este domicilio contra la entidad de trabajo ASOCIACION COOPERATIVA SOLIMET, R.L, domiciliada en el Municipio Juan José Mora del estado Carabobo, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello y Juan José Mora, a los diez (10) días del mes de julio de año Dos Mil Diecinueve (2019). Año 209º de Independencia y 160º de la Federación
Dr ALFREDO J.T. CALATRAVA -SANTANA.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO.
Abg. YANEL YAGUAS DÍAZ.
SECRETARÍA.
|