REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce de febrero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO: GP02-O-2018-000003



En virtud de que en fecha 10 de julio del año 2018, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de sus funciones acordó designarme como Jueza Temporal del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, según Oficio Nº TSJ-CJ-Nº 2217-2018, debidamente juramentada por ante la Rectoría del Estado Carabobo, tal como consta en Acta de fecha 02 de Agosto del año 2018, y habiendo tomado posesión del cargo en fecha 01 de Octubre del 2018, conforme Acta levantada por la Coordinación del Circuito Judicial Laboral del Estado Carabobo –sede Valencia-, es por lo que ME ABOCO al conocimiento de la presente causa.

Así mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, si las partes consideran que existe alguna causal de recusación podrán hacer uso de su derecho dentro del lapso de Cinco (05) días de despacho, el cual correrá de manera solapada al curso legal de la causa, en el entendido que de no manifestar ninguna objeción al respecto, la causa continuara su curso legal.


La Juez

La Secretaria

Alnelly Wilmary Pinto Mendoza


Abg. Mayela Diaz