REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 18 de diciembre 2019
209º y 160º

Vista la diligencia presentada el día 13/12/2019, por la abogada Luisa Medina, inscrita bajo el Inpreabogado Nº 267.929, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ISAAC L REINA G. venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.035.343, en la cual solicita el abocamiento del juez suplente, abogado Johnny Ceballos Reyes, este juzgado acuerda conforme a lo prescrito en los artículos 2, 7, 26, 257 y 305 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, ordena la reanudacion del tramite luego de transcurrido los 3 días a los que contrae el referido dispositivo legal, es todo.
El Juez Suplente,

ABG. JOHNNY LEONEL CEBALLOS REYES


La Secretaria

ABG. MELDRY GABRIELA CASTILLO
















Expediente JAP-435-2019-.
JLC/MC