JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Guacara, 04 de Abril de 2.019
208° y 160°
Vista la anterior diligencia suscrita por una parte, el ciudadano RICARDO BALDEMAR MENDEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.903.063, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE RAMON MENESES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.103, y por otra parte la ciudadana NERIS DEL CARMEN GIL MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.370.620, debidamente asistida por la abogado en ejercicio MARIA GABRIELA MARCOVICHE MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.861, en el cual celebran transacción y solicitan al Tribunal se levante la Medida de embargo ejecutivo que pesa sobre el vehículo objeto de este litigio, en consecuencia este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el levantamiento de la medida del vehículo decretada en fecha 31 de Mayo de 2.016, y ejecutada en fecha 14 de enero de 2019. Líbrese oficio al Director del Servicio de Investigación Penal del estado Carabobo (SIPEC), y al director del Estacionamiento Único del Cuerpo de Policía del estado Carabobo, a fin de proveer lo conducente. Se designa correo especial para la entrega de dichos oficios a la Abogado MARIA GABRIELA MARCOVICHE MARCANO, antes plenamente identificada.-
LA JUEZA PROVIRORIA,
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Abg. YASMILA FARIAS
LA SECRETARIA TEMP.
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Abg. ANAKARY HERRERA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado, se HOMOLOGO y ARCHIVO el presente expediente constante de ______- folios útiles en el cuaderno principal y ________ folios útiles en el cuaderno de medidas, igualmente se libró oficio N° 2320-_________
EXP. 3459.- SCTA TEMP.-
YF/AHL.-
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