REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 17 de Septiembre de 2018
208º y 159º


Visto el escrito de reforma de solicitud de MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROPRODUCTIVA presentado por Marbella Espinoza De Arteaga, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 24.501, actuando como apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “PRODUCTOS DANIMEX, C.A”, durante el periodo de receso judicial y en atención a la urgencia deducida de los argumentos emitidos por la solicitante, que pueden conllevar a la paralización del proceso productivo y por ende afectar la seguridad alimentaria de la nación, dada la importancia de los productos elaborados por la referida sociedad mercantil, en el cual solicita a este Juzgado Agrario realizar la inspección judicial a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta dicho escrito de reforma; En razón de ello este tribunal acuerda realizar la referida inspección judicial para el DIA MARTES 18-09-2018 a las 9:00 A.M en la sede de la Sociedad de Comercio. Se ordena oficiar a la Coordinación Regional del Instituto Nacional de Saneamiento Animal Integral del Estado Carabobo (INSAI), a fin de que se sirva designar a un (01) asesor técnico (Ingeniero Agrónomo o en Alimentos) y acompañe a este Tribunal en la práctica de la referida inspección. Líbrese lo conducente
El Juez,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ


La Secretaria,

ABG. MELDRY GABRIELA CASTILLO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,

ABG. MELDRY GABRIELA CASTILLO

EXPEDIENTE Nº JAP-391-2018.-
JGRG/MGC/-