REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Guacara, 02 de Octubre de 2.018.-
208° y 159°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana MARIA FLORINDA LIRA RODRIGUEZ, debidamente asistido por el Abg. Rafael Bazan, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°208.815, parte solicitante de la presente causa, mediante la cual Desiste de la presente causa este Tribunal IMPARTE SU HOMOLOGACION, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el desglose de los originales se acuerda la devolución de los mismos, dejando en su lugar copia fotostática certificada, el cual se expedirá por Secretaria. Se ordena el Archivo del presente expediente.-
LA JUEZA TEMPORAL
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Abg. YASMILA DEL C. FARIAS
LA SECRETARIA TEMPORAL
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Abg. ANAKARY HERRERA LARA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto anterior
Scta.-
YF/AHL/Nataly Mendoza
EXP.6910.-
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