N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2015-000018
PARTE ACTORA: CRISTIAN JAVIER TORRES SERRANO (NO COMPARECIÓ)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ)
PARTE DEMANDADA: DELL ACQUA, C.A. y AGENCIA BOLIVARIANA DE ACTIVIDADES ESPACIALES (ABAE)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALMARITT COLMENAREZ.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 29 DE OCTUBRE DE 2018, SIENDO LAS 09:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CIUDADANO: CRISTIAN JAVIER TORRES SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº 13.818.834, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad, con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”. Se deja constancia que por la empresa demandada DELL ACQUA, C.A., compareció a la audiencia su Apoderada Judicial Abogada ALMARITT COLMENAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 90.456, según instrumento poder que corre agregado a los autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 208 ° y 159 °
EL JUEZ
ABG. JOSE GREGORIO KELZI
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. VERONICA BAPTISTA
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