REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 26 de noviembre de 2018
208° y 159°

Exp. Nº 1956

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 4690

El 31 de marzo de 2009 se dio entrada en este tribunal al recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico interpuesto el 09 de febrero de 2009 por el abogado Juan Rafael Mesa Reyes, titular de la cédula de identidad Nº V-10.249.865, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 66.402, interpuso recurso contencioso tributario ante este tribunal actuando en su carácter de apoderado judicial de QUALAVEN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, el 06 de abril de 2000, bajo el N° 53, Tomo N° 407-A-Qto. y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-30694451-6, con domicilio fiscal en la Av. Irribaren Borges, parcela 7-11, Zona Industrial Sur, Valencia estado Carabobo, contra el acto administrativo contenido en la resolución culminación de sumario Nº SNAT-INTI-GRTI-RCNT-DSA-2008-0028 del 08 de agosto de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en la cual se determinó multa de conformidad con el artículo 113 del Código Orgánico Tributario e intereses, por la cantidad total de bolívares treinta mil novecientos sesenta y seis sin céntimos (BsF. 30.966,00), por enteramiento extemporáneo de retenciones en materia de impuesto sobre la renta.
El 04 de octubre de 2011 se dicto sentencia definitiva Nº 1055 la cual declaro:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por el abogado Juan Rafael Mesa Reyes, actuando en su carácter de apoderado judicial de QUALAVEN, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución culminación de sumario Nº SNAT-INTI-GRTI-RCNT-DSA-2008-0028 del 08 de agosto de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en la cual se determinó multa de conformidad con el artículo 113 del Código Orgánico Tributario e intereses, por la cantidad total de bolívares treinta mil novecientos sesenta y seis sin céntimos (BsF. 30.966,00), por enteramiento extemporáneo de retenciones en materia de impuesto sobre la renta.
2) CONDENA al pago de las costas procesales a QUALAVEN, C.A., por haber sido totalmente vencida en la presente causa, en una cantidad equivalente al uno por ciento (1%) del monto del reparo, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario.
De la revisión exhaustiva del presente expediente, se observa que en la presente causa se ha vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 1055 dictada el 04 de octubre de 2011 por este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, razón por la cual de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 1956 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con el fin de que sea la Administración Tributaria antes mencionada para que proceda a la Ejecución Forzosa de la Sentencia cuya obligaciones Tributarias a su favor. Así se establece. Líbrese oficio. Déjese copias de la presente decisión. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y Regístrese. .
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, al veintiséis (26) días del mes de noviembre de dos mil dieciocho (2018). Año 208° de la Independencia y 159° de la Federación.

El Juez,


Abg. Pablo José Solórzano Araujo.

La Secretaria Accidental,



Abg. Amalia Martínez

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria Accidental,



Abg. Amalia Martínez

Exp. Nº 1956
PJSA/am/jc