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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
 VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
 DEL ESTADO CARABOBO.-
 Valencia, 26 de Junio de 2018
 207° y 159°
 SOLICITANTE: NAUDYS ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL MERCADO
 SANDOVAL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277
 y V-13.469.647 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada NERSY CAROLINA
 MOTA HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 231.623.
 MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
 SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
 EXPEDIENTE Nro. 9468
 En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en
 fecha 11 de Junio de 2018, suscrita por los ciudadanos NAUDYS ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL
 MERCADO SANDOVAL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277 y V-13.469.647
 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada NERSY CAROLINA MOTA HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el
 Nro. 231.623, actuando en su condición de hijos de la De-Cujus CECILIA SANDOVAL DE MERCADO quien en vida era
 venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.453.193 y fallecido ab-intestato el día 22 de Julio del año
 2007, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante
 este mismo Tribunal a los testigos promovidos por los mencionados ciudadanos, dejando a salvo los derechos de terceros,
 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por
 Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos NAUDYS
 ADRIAN MERCADO SANDOVAL y GERARDO DANIEL MERCADO SANDOVAL venezolanos, mayores de edad,
 titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.241.277 y V-13.469.647 respectivamente, actuando en su condición de hijos la De-
 Cujus CECILIA SANDOVAL DE MERCADO y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a los solicitantes.
 Publíquese, regístrese y déjese copia.
 Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y
 EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y
 SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los veintiséis (26) días
 del Mes de Junio de 2018. Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
 EL JUEZ PROVISORIO
 Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
 LA SECRETARIA TITULAR
 Abg. GRISEL SANGRONIS
 En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
 LA SECRETARIA TITULAR
 Abg. GRISEL SANGRONIS
 YGRC/GS/María Angélica.
 Exp. 9468-2018.
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