ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2017-000275.
PARTE ACTORA: REGINA RAMONA LUGO VELASQUEZ (NO COMPARECIO)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIO).
PARTES DEMANDADAS: REPRESENTACIONES LUMENCA, C.A. y solidariamente el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (bod)
REPRESENTANTES DE REPRESENTACIONES LUMENCA, C.A.: (NO COMPARECIO)
APODERADA DEL BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO: MARIA GERARDO
MOTIVO: PRESTACIONE SOCIALES.

Hoy, 04 DE JULIO DE 2018, SIENDO LAS 11:00 A.M., día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia de que la parte actora REGINA RAMONA LUGO VELASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad numero V-2.783.131, NO COMPARECIO A LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”, Se deja constancia que en nombre de la entidad bancaria demandada solidariamente BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (bod), compareció su apoderada judicial abogada MARIA GERARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Numero 135.507, según instrumento poder que presenta para su vista y devolución, dejando copia simple en su lugar para ser agregado al expediente. Es todo.
Publíquese y regístrese la presente decisión. 208 ° y 159 °
EL JUEZ


Abogado JOSE GREGORIO KELZI

POR LA ENTIDAD BANCARIA BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO.

LA SECRETARIA


Abogada. VERONICA BAPTISTA