REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 22 de Febrero de 2017
207º y 159º

Vista la diligencia del 21/02/2018, presentada por la abogada en ejercicio BLANCA IVON GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.109.005 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.097 y de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA VERÓNICA QUINTERO ESPINOZA, venezolana titular de las Cédula de Identidad Nro. V- 4.485.565, de este domicilio, mediante la cual solicita; éste Juzgado Agrario acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena el desglose de los documentos originales que rielan a los folios (04 al 33, y folio 87) de la presente demanda, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos, tal como lo establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. A cuyo efecto éste Juzgado Agrario procede a la entrega de los documentos originales a la parte peticionante, se acuerda la refoliatura del presente expediente, dejándose constancia de la devolución de los documentos solicitados.
El Juez.


ABG. JOSE GREGORIO RODRÍGUEZ GONZALEZ





La Secretaria Accidental,



ABG. MELDRY CASTILLO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.



La Secretaria Accidental,


ABG. MELDRY CASTILLO





EXPEDIENTE JAP-288-2015
JGRG/MC/RR-