REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 03 de Diciembre de 2018
208º y 159º

Visto el oficio Nº 4347 de fecha 24 de Mayo de 2018, procedente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con Sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, en el cual remite Copia fotostática de la decisión dictada en fecha 24/05/2018 en cuanto al expediente signado bajo el Nº 2018-0580 (nomenclatura particular de ese despacho), con motivo de la apelación ejercida por el abogado José Goldecheid, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.357.541 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado (IPSA) bajo el Nº 85.576, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Sera –Scandia A/S, inscrita en la Dirección de Comercio e Industria Dinamarca Bajo el Nº CRV-NR 140605185, en fecha 01 de octubre de 1990, domiciliada Trandvejen 171, 20900 Hellerup, Gentofte Dinamarca, “(En contra del auto dictado por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en donde se da por terminado el proceso en fecha 12 de Abril del año 201, y se apeló el día 23 de Abril de 2018 y de la negativa de la apelación fue en fecha 25/04/2018)”. Agréguese a los autos y téngase para proveer; Asimismo y hecha la revisión de las actas procesales que conforman la presente solicitud se verifica que dicha medida se encuentra fenecida en fecha 15-04-2018, en consecuencia; este Juzgado ordena su cierre y remisión al archivo judicial de esta circunscripción Judicial de la presente solicitud de medida, es todo.
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria,

ABG. MELDRY CASTILLO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-




La Secretaria,

ABG. MELDRY CASTILLO

Expediente JAP-370-2018.
JGRG/MC/MSG.-