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SOLICITANTE (S):         EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER
 
 MOTIVO:               	      TITULO SUPLETORIO
 SENTENCIA:           	      RESUELVE AUTONOMO
 EXPEDIENTE No:           7278
 Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER, venezolano, mayor de edad, titular cedula de identidad No V- 8.845.823, debidamente asistido por la abogada en ejercicio. Karla Mogollón Figueredo. Para asegurarle la titularidad de las bienhechurías construida a sus expensas y con dinero de su propio peculio, ubicadas en: CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS DE CARACARÁ DEL LOTE A (ETAPA I), VILLA 34, MUNICIPIO SAN DIEGO ESTADO CARABOBO. Cuyos linderos, medidas y demás características se especifican en la Solicitud que encabeza las siguientes actuaciones. Vistas igualmente las declaraciones de los testigos presentados en fecha 14  de Marzo del 2018, este Tribunal: RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadano  EDGAR RAFAEL VILLAMIZAR FERRER, ya identificado, la posesión y demás derechos sobre las descritas bienhechurías, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las resultas originales al solicitante.-
 LA JUEZA PROVISORIA,
 Abog. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR
 LA SECRETARIA  TEMPORAL,
 Abog. AURELIA RUBIRA PINTO
 
 En la misma fecha se devuelve constante de  VEINTICINCO   ( 25 )  folios útiles.
 LA SECRETARIA  TEMPORAL,
 Abog. AURELIA RUBIRA PINTO
 
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