SOLICITANTE (S): JOSE FRANCISCO VARGAS MEZA, ERIKA JANIL VARGAS MEZA, ELAINE YANIER VARGAS DE PEREZ Y VICTOR JHOAN VARGAS MEZA
MOTIVO: PERPETUA MEMORIA
SENTENCIA: RESUELVE AUTÓNOMO
EXPEDIENTE No: 7116

Vista la solicitud formulada por el ciudadano JOSE FRANCISCO VARGAS MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 16.446.960, actuando en este acto en su propio nombre y en representación de sus hermanos ERIKA JANIL VARGAS MEZA, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.035.033, ELAINE YANIER VARGAS DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.407.045 y VICTOR JHOAN VARGAS MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.398.287 debidamente asistido por el abogado OSWALDO ALDANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 150.184 y, en la cual pide se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su común causante FRANCISCO PAUL VARGAS REYES quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.831.323, quien falleciera ab-intestato en fecha 19 de Septiembre de 2016, en el Municipio Los Guayos, del Estado Carabobo. Vistas igualmente las declaraciones contestes de los testigos, en un todo conforme con el contenido del interrogatorio cursante en autos, éste Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceros, RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: JOSE FRANCISCO VARGAS MEZA, ERIKA JANIL VARGAS MEZA, ELAINE YANIER VARGAS DE PEREZ, y VICTOR JHOAN VARGAS MEZA. anteriormente identificados, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de MARLENE DIAZ E, FRANCISCO PAUL VARGAS REYES quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.831.323, quien falleciera ab-intestato en fecha 19 de Septiembre de 2016. Expídase copias fotostáticas certificadas de la presente solicitud. Devuélvanse originales con sus resultas.-
LA JUEZA PROVISORIA,

ABOG. LIGIA RODRIGUEZ SALAZAR
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA PINTO

En la misma fecha se devuelve constante de ______________________(_____) FOLIOS UTILES.-

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. AURELIA RUBIRA PINTO

SOLICITUD No. 7116
LRS/sr.