SOLICITANTE (S): JUAN RAMÓN VEGAS
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: RESUELVE AUTÓNOMO
EXPEDIENTE No: 7109

Por recibida la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano JUAN RAMÓN VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros. 2.353.952 y de este domicilio, debidamente asistido por la abogado en ejercicio AURA ESTELA DÍAZ RAMOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 156.123, para asegurarle la titularidad de las bienhechurías construidas a sus expensas y con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Comunidad Los Próceres, manzana 14, quinta avenida, parcela 013, Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, cuyos linderos, medidas y demás características se especifican en la Solicitud que encabeza las siguientes actuaciones. Vistas igualmente las declaraciones de los testigos presentados en esta misma fecha, este Tribunal: RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a JUAN RAMÓN VEGAS antes identificado, la posesión y demás derechos sobre las descritas bienhechurías, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las resultas originales al solicitante.-
LA JUEZA PROVISORIA,


Abog. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abog. AURELIA RUBIRA PINTO

En la misma fecha se devuelve constante de __________________ (_____) folios útiles.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abog. AURELIA RUBIRA PINTO