REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 21 de Noviembre de 2017
207° y 158°
SOLICITANTE: MIGDALIA GIL DE CHIRIVELLA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.848.453 actuando en nombre propio como heredera y en representación de los coherederos ciudadanos MARBELLA NOHELI CHIRIVELLA GIL, LEIDES YUSTEE CHIRIVELLA DE HURTADO y TIRSO RAFAEL CHIRIVELLA GIL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-12.750.763, V-12.750.764 y V-16.052.925 respectivamente, debidamente asistida por el abogado JUAN ANTONIO BOHORQUEZ ABREU, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 218.644.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 9122

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 01 de Noviembre de 2017, suscrita por la ciudadana MIGDALIA GIL DE CHIRIVELLA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V- 8.848.453 actuando en nombre propio como heredera y en representación de los coherederos ciudadanos MARBELLA NOHELI CHIRIVELLA GIL, LEIDES YUSTEE CHIRIVELLA DE HURTADO y TIRSO RAFAEL CHIRIVELLA GIL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-12.750.763, V-12.750.764 y V-16.052.925 respectivamente, debidamente asistida por el abogado JUAN ANTONIO BOHORQUEZ ABREU, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 218.644, actuando en su condición cónyuge e hijos del De-Cujus TIRSO TADEO CHIIRIVELLA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.115.255 y falleció ab-intestato el día 05 de Mayo del año 2017, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos MIGDALIA GIL DE CHIRIVELLA, MARBELLA NOHELI CHIRIVELLA GIL, LEIDES YUSTEE CHIRIVELLA DE HURTADO y TIRSO RAFAEL CHIRIVELLA GIL venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-8.848.453, V-12.750.763, V-12.750.764 y V-16.052.925 respectivamente todos este domicilio, en su condición de cónyuge e hijos del De-Cujus TIRSO TADEO CHIIRIVELLA, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los veintiuno (21) día del Mes de Noviembre de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO

Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. GRISEL SANGRONIS
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR

Abg. GRISEL SANGRONIS
YGRC/GS/Maria Angélica.
Exp. 9122-2017.