REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 21 de Noviembre de 2017
207º y 158º

Vista la diligencia del día 20/11/2017 presentada por la Abogada Osvaira de la Coromoto Pérez León, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 3.920.935, quien actúa en nombre propio y en nombre de su cónyuge, mediante la cual solicita dos juegos de copias certificadas de los actos procesales insertos en los folios doscientos veintidós dos al doscientos treinta (222 al 230 y sus Vto.), en consecuencia, se ordena expedir copia certificada de los folios doscientos veintidós al doscientos treinta (222 al 230) del presente expediente, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y con respecto a oficiar a la Notaria Publica Cuarta de Maracay y remitirle copia certificadas; éste Juzgado Agrario niega su solicitud. Se acuerda de conformidad con lo solicitado y acordado por este Tribunal Agrario. Entréguese a la solicitante, a cuyo efecto deberá dejar constancia en el expediente.
El Juez,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La Secretaria,
Abg. MARIANGEL MENDOZA CHIRINOS




En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria,
Abg. MARIANGEL MENDOZA CHIRINOS











Exp. Nº JAP-346-2017
JGRG/MM/dvg.-