REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 26 de Mayo del año 2017
207º y 158º
SENTENCIA INTERCOLUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° EXPEDIENTE: GP02-L-2016-01192
PARTES ACTORAS: ENDER ANTONIO GONZALEZ Y
RUBEN DARIO ROMERO
PARTES DEMANDADAS: VENEQUIP, S.A. y ASOCIACION COOPERATIVA CNRC, R.L.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

Vista la diligencia que antecede suscrita por el ABG. JOENNY ANTONIO SUAREZ GUTIERREZ, IPSA Nº 102.654, asistiendo a los ciudadanos ENDER ANTONIO GONZALEZ C.I V- 10.413.569, y RUBEN DARIO ROMERO, C.I V- 9.770.783, y por la otra el Abg. RAFAEL COLMENARES IPSA 48.704, apoderado de la Sociedad Mercantil VENEQUIP SA, Diligencia constante de 01 folio sin anexos a los fines de desistir los actores del procedimiento, así mismo la demandada acepta el desistimiento y solicita que el tribunal Homologue el presente desistimiento, ordene el cierre y archivo del expediente.
EL Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, aunado a las manifestaciones de voluntad de las partes tanto actoras, debidamente asistido por profesional del derecho, por lo que este, TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en los archivos. Años 207° y 158°.
LA JUEZ

ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. MAYELA DIAZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 9:55 A.M.
LA SECRETARIA
ABG. MAYELA DIAZ