REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo.

Valencia, 02 de Marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º

ASUNTO: GP02-S-2016-000340.-
PARTE ACTORA OFERENTE: BAR RESTAURANT EL CARRUAJE, C.A.
PARTE DEMANDADA OFERIDO: RUBEN ALCANTARA
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.-

EN MI CONDICION DE JUEZ PROVISORIO DE ESTE JUZGADO, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Visto el escrito contentivo de la Transacción celebrada en fecha 24 de mayo de 2016, por las partes intervinientes en la presente causa; y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos en que éstas lo celebraron; dándole efecto de COSA JUZGADA. En consecuencia se da por concluido el proceso, se ordena el cierre definitivo del presente expediente, y su posterior remisión a la Oficina de Archivo.-

PUBLIQUESE REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZ,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.


LA SECRETARIA,
KEYLA CORTEZ.


En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 2:30 p.m.


La Secretaria,
KEYLA CORTEZ.